Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-3337)
BOP-2024-3337 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la Vera.
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Por otro lado, como Centro de Día, asiste a personas mayores, dependientes y como Servicio
de Comedor a las personas autónomas, en la realización de actividades básicas de la vida
diaria mediante la prestación de servicios de comedor y otros tendentes a cubrir sus
necesidades básicas.
Artículo 3. La Residencia de Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la
Vera es de titularidad municipal y su gestión podrá ser directa o indirecta. En todo caso,
corresponde al Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera velar por la observancia de las normas
establecidas en este Reglamento, así como, en general, supervisar todos los servicios de la
Residencia y, en su caso, tomar las medidas necesarias para asegurar el buen funcionamiento
de la misma, de forma que ésta se adapte a las necesidades de las personas usuarias y a las
normas que sean de aplicación.
Artículo 4. El presente Reglamento deberá ser visado por Consejería de Salud y Servicios
Sociales de la Junta de Extremadura.
Artículo 5. De este Reglamento se entregará un ejemplar a las personas usuarias en el
momento de su ingreso, siéndoles de aplicación desde ese momento. Así mismo será de
aplicación, en lo que les afecte, al personal que preste sus servicios en el Centro, a las
personas visitantes y acompañantes de los/as usuarios/as, y, en su caso, a la entidad gestora
de la prestación de los servicios.
TITULO I. DE LAS PERSONAS USUARIAS.
CAPÍTULO I. DE LA CONDICIÓN DE PERSONA USUARIA, DE SU INGRESO Y DE LA
PÉRDIDA DE ESTA CONDICIÓN.
Artículo 6. Se establecen los siguientes tipos de personas usuarias en la Residencia de
Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la Vera:
Residentes en situación de dependencia (Grado II y Grado III).
Residentes con autonomía (autonomía total y Grado I).
Usuarias del Centro de Día en situación de dependencia (Grado II y Grado III).
Usuarias del Servicio de Comedor con autonomía total y Grado I.
Las personas usuarias en situación de dependencia podrán ocupar plazas que el Ayuntamiento
de Jarandilla de la Vera pueda concertar con el organismo autonómico con competencias en la
materia, aplicándose en estos casos la normativa que las regule en todos los aspectos.
CVE:
BOP-2024-3337
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
Pág. 14147
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Por otro lado, como Centro de Día, asiste a personas mayores, dependientes y como Servicio
de Comedor a las personas autónomas, en la realización de actividades básicas de la vida
diaria mediante la prestación de servicios de comedor y otros tendentes a cubrir sus
necesidades básicas.
Artículo 3. La Residencia de Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la
Vera es de titularidad municipal y su gestión podrá ser directa o indirecta. En todo caso,
corresponde al Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera velar por la observancia de las normas
establecidas en este Reglamento, así como, en general, supervisar todos los servicios de la
Residencia y, en su caso, tomar las medidas necesarias para asegurar el buen funcionamiento
de la misma, de forma que ésta se adapte a las necesidades de las personas usuarias y a las
normas que sean de aplicación.
Artículo 4. El presente Reglamento deberá ser visado por Consejería de Salud y Servicios
Sociales de la Junta de Extremadura.
Artículo 5. De este Reglamento se entregará un ejemplar a las personas usuarias en el
momento de su ingreso, siéndoles de aplicación desde ese momento. Así mismo será de
aplicación, en lo que les afecte, al personal que preste sus servicios en el Centro, a las
personas visitantes y acompañantes de los/as usuarios/as, y, en su caso, a la entidad gestora
de la prestación de los servicios.
TITULO I. DE LAS PERSONAS USUARIAS.
CAPÍTULO I. DE LA CONDICIÓN DE PERSONA USUARIA, DE SU INGRESO Y DE LA
PÉRDIDA DE ESTA CONDICIÓN.
Artículo 6. Se establecen los siguientes tipos de personas usuarias en la Residencia de
Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la Vera:
Residentes en situación de dependencia (Grado II y Grado III).
Residentes con autonomía (autonomía total y Grado I).
Usuarias del Centro de Día en situación de dependencia (Grado II y Grado III).
Usuarias del Servicio de Comedor con autonomía total y Grado I.
Las personas usuarias en situación de dependencia podrán ocupar plazas que el Ayuntamiento
de Jarandilla de la Vera pueda concertar con el organismo autonómico con competencias en la
materia, aplicándose en estos casos la normativa que las regule en todos los aspectos.
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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