Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-3337)
BOP-2024-3337 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno de la Residencia de Mayores, Centro de Día y Servicio de Comedor de Jarandilla de la Vera.
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Artículo 17. Se producirá la pérdida de la condición de persona usuaria por los siguientes
motivos:
Baja voluntaria de la persona usuaria.
Fallecimiento de la misma.
Dejar de reunir los requisitos exigidos en el presente Reglamento para obtener la
condición de persona usuaria.
Imposición de la sanción de pérdida definitiva de la condición de persona usuaria
motivada por la comisión de infracciones calificadas de “muy graves” en el presente
Reglamento.
Por traslado definitivo a otra Residencia/Centro.
La pérdida de condición de persona usuaria producirá automáticamente la extinción del
contrato de ingreso al que se refiere el artículo 14 de este Reglamento, sin que la persona
usuaria tenga derecho a ningún tipo de indemnización o resarcimiento.
La Dirección del Centro está obligada a comunicar al Ayuntamiento cualquier de los hecho que
dé lugar a la pérdida de condición de persona usuaria, para que adopte la resolución oportuna
y la comunique a los familiares.
Artículo 18. Las solicitudes de estancias temporales de personas usuarias, traslados de
personas residentes y permuta de estos se regularán por lo establecido en el Decreto 88/1996.
Artículo 19. Cuando alguna persona residente autónoma/dependiente grado I pase a situación
de dependiente grado II/III se buscará la solución más adecuada a su nueva situación, que
podrán consistir, entre otras medidas en:
Solicitar el ingreso en otro centro residencial adecuado con plaza disponible.
Si quedara plaza libre de persona residente dependiente grado II/III, ocupar ésta.
Cualquier otra solución que se considere oportuna.
En todo caso, la solución requerirá el informe favorable de la Comisión de Seguimiento y
Evaluación.
Igualmente, se buscará la solución más adecuada, si la persona residente dependiente grado
II/III pasa a situación autónoma/dependiente grado I.
CVE:
BOP-2024-3337
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
N.º 0116
Pág. 14153
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Artículo 17. Se producirá la pérdida de la condición de persona usuaria por los siguientes
motivos:
Baja voluntaria de la persona usuaria.
Fallecimiento de la misma.
Dejar de reunir los requisitos exigidos en el presente Reglamento para obtener la
condición de persona usuaria.
Imposición de la sanción de pérdida definitiva de la condición de persona usuaria
motivada por la comisión de infracciones calificadas de “muy graves” en el presente
Reglamento.
Por traslado definitivo a otra Residencia/Centro.
La pérdida de condición de persona usuaria producirá automáticamente la extinción del
contrato de ingreso al que se refiere el artículo 14 de este Reglamento, sin que la persona
usuaria tenga derecho a ningún tipo de indemnización o resarcimiento.
La Dirección del Centro está obligada a comunicar al Ayuntamiento cualquier de los hecho que
dé lugar a la pérdida de condición de persona usuaria, para que adopte la resolución oportuna
y la comunique a los familiares.
Artículo 18. Las solicitudes de estancias temporales de personas usuarias, traslados de
personas residentes y permuta de estos se regularán por lo establecido en el Decreto 88/1996.
Artículo 19. Cuando alguna persona residente autónoma/dependiente grado I pase a situación
de dependiente grado II/III se buscará la solución más adecuada a su nueva situación, que
podrán consistir, entre otras medidas en:
Solicitar el ingreso en otro centro residencial adecuado con plaza disponible.
Si quedara plaza libre de persona residente dependiente grado II/III, ocupar ésta.
Cualquier otra solución que se considere oportuna.
En todo caso, la solución requerirá el informe favorable de la Comisión de Seguimiento y
Evaluación.
Igualmente, se buscará la solución más adecuada, si la persona residente dependiente grado
II/III pasa a situación autónoma/dependiente grado I.
CVE:
BOP-2024-3337
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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