Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-3336)
BOP-2024-3336 Aprobación definitiva del Programa de Activación de Empleo Local para 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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• Dimamizadores/as socioculturales (Espacio Joven) deportivos y turísticos
• Monitores/as deportivos y ocio y tiempo libre.
• Profesor/a formación a lo largo de la vida
• Socorristas
• Conserjes/taquilleros/as
• Auxiliares administrativos
• Oficiales y peones de construcción.
• Peones agrícolas
VII. Contrataciones laborales
Todos los fondos que nutren el presente Programa convierten a éste en un
Programa Local de Activación de Empleo, en los términos del artículo 36 del
Real Decreto Legislativo 3/2015 de 23 de Octubre, según la redacción dada por
el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 de Diciembre.
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del “ contrato para la
mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas
de activación para el empleo” ( Disposición Adicional _novena del Real Decreto
Legislativo 3/2015 de 23 de octubre, según la redacción dada por el Real
Decreto-Ley 32/2021 de 28 de Diciembre) por un periodo máximo de 12
meses.
El tipo de contrato será en todos los casos, el 405 ( Jornada completa) o 505 (
jornada parcial) o el que , en su caso establezca la legislación laboral vigente
en cada momento.
VIII. Constitución de bolsas de empleo
De cada una de las selecciones se podrá constituir una bolsa de empleo con una
duración máxima igual a la duración del contrato formalizado. Las bases de
cada convocatoria en su caso, el régimen de funcionamiento de dichas listas de
espera.
CVE:
BOP-2024-3336
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de junio de 2024
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• Dimamizadores/as socioculturales (Espacio Joven) deportivos y turísticos
• Monitores/as deportivos y ocio y tiempo libre.
• Profesor/a formación a lo largo de la vida
• Socorristas
• Conserjes/taquilleros/as
• Auxiliares administrativos
• Oficiales y peones de construcción.
• Peones agrícolas
VII. Contrataciones laborales
Todos los fondos que nutren el presente Programa convierten a éste en un
Programa Local de Activación de Empleo, en los términos del artículo 36 del
Real Decreto Legislativo 3/2015 de 23 de Octubre, según la redacción dada por
el Real Decreto-Ley 32/2021 de 28 de Diciembre.
Por ello, las contrataciones se podrán hacer a través del “ contrato para la
mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas
de activación para el empleo” ( Disposición Adicional _novena del Real Decreto
Legislativo 3/2015 de 23 de octubre, según la redacción dada por el Real
Decreto-Ley 32/2021 de 28 de Diciembre) por un periodo máximo de 12
meses.
El tipo de contrato será en todos los casos, el 405 ( Jornada completa) o 505 (
jornada parcial) o el que , en su caso establezca la legislación laboral vigente
en cada momento.
VIII. Constitución de bolsas de empleo
De cada una de las selecciones se podrá constituir una bolsa de empleo con una
duración máxima igual a la duración del contrato formalizado. Las bases de
cada convocatoria en su caso, el régimen de funcionamiento de dichas listas de
espera.
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Verificable
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