Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Comarca de Trujillo. (BOP-2024-3327)
BOP-2024-3327 Aprobación inicial Reglamento por el que se regula la modalidad de prestación de servicios en régimen de Teletrabajo.
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a las circunstancias horarias de cada servicio. Una vez implantado se dará a conocer a
todo el personal.
Ayudas especiales.
La Mancomunidad contratará una póliza de seguro que garantice la responsabilidad civil
y la defensa penal para todo el personal de la misma, por razón de trabajo o servicio.
4. La Mancomunidad contratará una póliza de seguro de accidente de trabajo que
cubrirá la muerte por motivos de trabajo o la invalidez permanente por causas de
accidente laboral y enfermedad profesional.
5.La Mancomunidad garantizará la asistencia jurídica de los/as trabajadores/as que
actúen como denunciantes, denunciados, querellantes o querellados en juicio por actos
ejecutados o hechos acaecidos en el ejercicio de sus funciones.
6. El o la trabajador/a en el supuesto de sufrir un daño en objetos de su propiedad,
siempre que el mismo se produzca en el ejercicio de sus funciones como empleado/a de
la MCT, podrá solicitar la indemnización del daño sufrido, y la Mancomunidad Comarca
Trujillo estudiará, en cada caso concreto, el reintegro de la totalidad o parte del daño
causado.
8. En el caso de que no existieran recursos suficientes para cubrir las ayudas concedidas
en una anualidad, éstas se abonarán en el ejercicio siguiente con cargo al presupuesto
y siempre dentro del primer trimestre.
Indemnización por razón del servicio. Dietas y desplazamientos.
Orden HFP/792/2023 relativa a los gastos de locomoción exentos de tributar en el IRPF,
que excluye de gravamen la cantidad que resulte de multiplicar 0,26 euros por el
número de kilómetros recorridos, siempre que se justifique la realidad del
desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que también se justifiquen
adecuadamente.
A efectos del kilometraje se entenderá como centro de trabajo la sede de la
Mancomunidad (Trujillo), en aquellos casos que durante la jornada laboral diaria se
acuda directamente algún ayuntamiento a prestar servicios sin acudir a la sede, se
abonará kilometraje siempre y cuando el desplazamiento a dicha localidad suponga más
distancia que el desplazamiento a la sede, si por el contrario es más cercana no generará
kilometraje.
La Mancomunidad dispone de dos vehículos para los desplazamientos en servicio
realizados por el personal, incluido el uso del mismo para realizar desplazamiento de
usuarios/as de cualquier servicio.
CVE:
BOP-2024-3327
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de junio de 2024
N.º 0115
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a las circunstancias horarias de cada servicio. Una vez implantado se dará a conocer a
todo el personal.
Ayudas especiales.
La Mancomunidad contratará una póliza de seguro que garantice la responsabilidad civil
y la defensa penal para todo el personal de la misma, por razón de trabajo o servicio.
4. La Mancomunidad contratará una póliza de seguro de accidente de trabajo que
cubrirá la muerte por motivos de trabajo o la invalidez permanente por causas de
accidente laboral y enfermedad profesional.
5.La Mancomunidad garantizará la asistencia jurídica de los/as trabajadores/as que
actúen como denunciantes, denunciados, querellantes o querellados en juicio por actos
ejecutados o hechos acaecidos en el ejercicio de sus funciones.
6. El o la trabajador/a en el supuesto de sufrir un daño en objetos de su propiedad,
siempre que el mismo se produzca en el ejercicio de sus funciones como empleado/a de
la MCT, podrá solicitar la indemnización del daño sufrido, y la Mancomunidad Comarca
Trujillo estudiará, en cada caso concreto, el reintegro de la totalidad o parte del daño
causado.
8. En el caso de que no existieran recursos suficientes para cubrir las ayudas concedidas
en una anualidad, éstas se abonarán en el ejercicio siguiente con cargo al presupuesto
y siempre dentro del primer trimestre.
Indemnización por razón del servicio. Dietas y desplazamientos.
Orden HFP/792/2023 relativa a los gastos de locomoción exentos de tributar en el IRPF,
que excluye de gravamen la cantidad que resulte de multiplicar 0,26 euros por el
número de kilómetros recorridos, siempre que se justifique la realidad del
desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que también se justifiquen
adecuadamente.
A efectos del kilometraje se entenderá como centro de trabajo la sede de la
Mancomunidad (Trujillo), en aquellos casos que durante la jornada laboral diaria se
acuda directamente algún ayuntamiento a prestar servicios sin acudir a la sede, se
abonará kilometraje siempre y cuando el desplazamiento a dicha localidad suponga más
distancia que el desplazamiento a la sede, si por el contrario es más cercana no generará
kilometraje.
La Mancomunidad dispone de dos vehículos para los desplazamientos en servicio
realizados por el personal, incluido el uso del mismo para realizar desplazamiento de
usuarios/as de cualquier servicio.
CVE:
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Verificable
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N.º 0115
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