Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torremocha. (BOP-2024-3320)
BOP-2024-3320 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de Tasa del funcionamiento de la pista de Pádel Municipal.
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4.3. Incidencias en la utilización.
Si transcurridos quince minutos de la hora reservada, el/a sujeto pasivo no se hubiese
personado en la instalación para abonar la tasa y hacer uso de la pista, se tendrá por
cancelada la reserva, pudiendo disponer sobre su uso el personal encargado de la instalación.
La reiteración en esta conducta podrá ser sancionada en la forma prevista en esta Ordenanza.
Si por causa imputable al Ayuntamiento, tuviera que cancelarse una reserva, los/as
afectados/as tendrán derecho a recuperar las tasas abonadas.
4.4. Equipamiento. Normas de uso.
La pista está adecuada solamente para la práctica de pádel, por lo que cualquier otro juego
está prohibido.
El equipamiento para acceder a las pistas debe ser deportivo y adecuado a la práctica del
deporte. Es obligatorio el uso de zapatillas con suela de goma así como raquetas y pelotas
específicas para la práctica del pádel, quedando excluidos otros artefactos de impacto como
pueden ser raquetas de tenis, palas de playa, palas de frontón, sticks, pelotas de tenis, pelotas
de frontón, etc.
Los/as acompañantes no podrán acceder a la pista.
Dentro de la pista no está permitido comer, fumar ni introducir objetos de vidrio o cualquier otro
que pueda causar daños al césped artificial o a las mamparas.
No se autoriza la entrada de animales al recinto de las Pistas.
4.5. Responsabilidad del/la usuario/a.
El Ayuntamiento de Torremocha declina toda la responsabilidad de las lesiones que pudieran
originar derivadas de la práctica deportiva.
Los/as participantes en el momento de hacer la reserva, manifiestan estar físicamente aptos
para realizar la actividad físico-deportiva.
Una vez concluida la sesión, los/as usuarios/as deberán abandonar la pista y recoger todas sus
pertenencias, ropa, palas, pelotas, botellas, botes, etc.
Los/as usuarios/as deberán seguir las instrucciones y requerimientos del personal a cargo de la
instalación.
CVE:
BOP-2024-3320
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de junio de 2024
N.º 0115
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