Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2024-3292)
BOP-2024-3292 Aprobación Definitiva de la Ordenanza reguladora de concesión de subvenciones a asociaciones locales.
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3. Prescribirá a los cuatro años el derecho de la Administración a reconocer o liquidar el
Reintegro.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aplicará supletoriamente a
lo dispuesto en esta Ordenanza y concretamente en todos aquellos supuestos no regulados
expresamente en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrara en vigor, conforme a lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7
de 1985, una vez publicado su texto íntegro y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo
65.2 del mismo cuerpo legal, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación
expresa.
Contra el presente Acuerdo,se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Todos los preceptos de esta Ordenanza que utilizan la forma del masculino genérico se
entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
Mata de Alcántara, 12 de junio de 2024
Luis A. Galán Hernández
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3292
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de junio de 2024
N.º 0114
Pág. 13904
Reintegro.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aplicará supletoriamente a
lo dispuesto en esta Ordenanza y concretamente en todos aquellos supuestos no regulados
expresamente en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrara en vigor, conforme a lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7
de 1985, una vez publicado su texto íntegro y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo
65.2 del mismo cuerpo legal, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación
expresa.
Contra el presente Acuerdo,se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Todos los preceptos de esta Ordenanza que utilizan la forma del masculino genérico se
entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
Mata de Alcántara, 12 de junio de 2024
Luis A. Galán Hernández
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3292
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 17 de junio de 2024
N.º 0114
Pág. 13904