Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3256)
BOP-2024-3256 Bases y convocatoria para la elaboración de una bolsa de empleo temporal de Técnicos/as SIG A2 Agenda Provincial.
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AREA DE GESTION DE RECURSOS
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCION DE
RRLL
9.4.-El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
9.5.-En el plazo máximo de un 10 días desde que finalice el procedimiento selectivo, se
dictará Resolución Presidencial por la que se apruebe la Bolsa de trabajo
publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia, junto con la relación de aspirantes
que deben integrar esta Bolsa de Trabajo, ordenados por puntuación, de acuerdo con
lo previsto en el Reglamento que regula la gestión de Bolsas de Trabajo en la
Diputación provincial de Cáceres.
9.6.-Los participantes que se integren en las Bolsas de Trabajo temporal podrán ser
llamados para ocupar las vacantes o sustituciones correspondientes en régimen de
nombramiento como funcionario interino o, en su caso, contratación laboral temporal,
según el orden de puntuación obtenido.
9.7.-La Bolsa de Trabajo que se constituya anulará las anteriores de esta categoría
profesional, salvo que existiera una derivada de un procedimiento de Concurso-
Oposición.
DÉCIMA.-Presentación de documentación.
10.1.-Antes del nombramiento a la que diera lugar la gestión de esta Bolsa de Trabajo,
los candidatos propuestos aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho
de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
CVE:
BOP-2024-3256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 14 de junio de 2024
N.º 0113
Pág. 13733
HUMANOS, SEPEI Y PREVENCION DE
RRLL
9.4.-El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
9.5.-En el plazo máximo de un 10 días desde que finalice el procedimiento selectivo, se
dictará Resolución Presidencial por la que se apruebe la Bolsa de trabajo
publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia, junto con la relación de aspirantes
que deben integrar esta Bolsa de Trabajo, ordenados por puntuación, de acuerdo con
lo previsto en el Reglamento que regula la gestión de Bolsas de Trabajo en la
Diputación provincial de Cáceres.
9.6.-Los participantes que se integren en las Bolsas de Trabajo temporal podrán ser
llamados para ocupar las vacantes o sustituciones correspondientes en régimen de
nombramiento como funcionario interino o, en su caso, contratación laboral temporal,
según el orden de puntuación obtenido.
9.7.-La Bolsa de Trabajo que se constituya anulará las anteriores de esta categoría
profesional, salvo que existiera una derivada de un procedimiento de Concurso-
Oposición.
DÉCIMA.-Presentación de documentación.
10.1.-Antes del nombramiento a la que diera lugar la gestión de esta Bolsa de Trabajo,
los candidatos propuestos aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse
de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países
miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho
de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
CVE:
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