Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ibahernando. (BOP-2024-3243)
BOP-2024-3243 Aprobación definitiva Plan de Activación para el Empleo Local.
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Ayuntamiento de Ibahernando
PROGRAMA DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO LOCAL PARA EL PERIODO 2024-
2025 DELAYUNTAMIENTO DE IBAHERNANDO
1. Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Ibahernando
procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo en cuenta
tanto a las empresas como a los trabajadores, prestando especial atención a las personas
trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve contiene propuestas que
pretenden ajustarse a la realidad actual de estas personas. Para ello, incorpora acciones dirigidas
a poner en marcha una política local integral de empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines,
de aportar experiencia laboral a aquellos sectores de población desempleada que tienen mayores
dificultades de acceso al mercado de trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales tienen,
dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté
excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad
vecinal mediante el ejercicio de competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión
del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios
de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos
sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las
zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
CVE:
BOP-2024-3243
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 13 de junio de 2024
N.º 0112
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