Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3226)
BOP-2024-3226 Convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico/a Administración General Especialidad Educativa, funcionario/a de carrera (concurso - oposición).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 22-03-2024 10:48:15
Código Seguro de Verificación (CSV): CF07E9EAF0FB85E9CD281721182861A2
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/CF07E9EAF0FB85E9CD281721182861A2
Fecha de sellado electrónico: 22-03-2024 10:48:17 Fecha de emisión de esta copia: 06-06-2024 09:16:04
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(https://miajadas.eadministracion.es/home ) y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Un extracto de la convocatoria se publicará
en Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este último anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias.
La solicitud deberá ir acompañada por:
Justificante de pago de la Tasa por Inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de esta Administración
Municipal, recogida en la Ordenanza Fiscal correspondiente del Ayuntamiento de Miajadas (BOP nº 250, de 31 de diciembre
de 2004). La cuota tributaria se determina por una cantidad fija, que en el caso de esta categoría administrativa es: Pruebas
selectivas Grupo A1 (anterior Grupo A), titulación universitaria superior: 30€.
Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
Fotocopia compulsada del título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la convocatoria, o en su defecto,
justificante del pago para la expedición.
Así como los documentos, en original o fotocopia compulsada, acreditativos de los méritos que se aleguen por los
aspirantes, para ser valorados en el concurso, de acuerdo al baremo que la cláusula Sexta, B).
CUARTO. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en el
tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Asimismo, se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de
selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en
este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicas por el órgano de selección en los
locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del
mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
QUINTO. Tribunal Calificador
De acuerdo a lo establecido en el art. 60 del testo refundido de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado
Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los
órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por
cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica
y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:
— Presidente.- Un funcionario, con titulación igual o superior a la plaza convocada, designado por la Alcaldía.
— Vocales.-
· Un funcionario de la Junta de Extremadura, con titulación igual o superior a la plaza convocada.
· Dos funcionarios, con titulación igual o superior a la plaza convocada, designado por la Alcaldía.
— Secretario, empleado público designado por la Alcaldía.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente,
siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos
asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán
con voz, pero sin voto.
- 2/11 -
CVE:
BOP-2024-3226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de junio de 2024
N.º 0111
Pág. 13588
Código Seguro de Verificación (CSV): CF07E9EAF0FB85E9CD281721182861A2
Comprobación CSV: https://miajadas.eadministracion.es/home/validador/CF07E9EAF0FB85E9CD281721182861A2
Fecha de sellado electrónico: 22-03-2024 10:48:17 Fecha de emisión de esta copia: 06-06-2024 09:16:04
Plaza de España, 10, 10100, Miajadas (Cáceres) / Tfno.: 927 347 000 – Fax: 927 160 546 / https://miajadas.org/
En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(https://miajadas.eadministracion.es/home ) y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Un extracto de la convocatoria se publicará
en Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este último anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias.
La solicitud deberá ir acompañada por:
Justificante de pago de la Tasa por Inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de esta Administración
Municipal, recogida en la Ordenanza Fiscal correspondiente del Ayuntamiento de Miajadas (BOP nº 250, de 31 de diciembre
de 2004). La cuota tributaria se determina por una cantidad fija, que en el caso de esta categoría administrativa es: Pruebas
selectivas Grupo A1 (anterior Grupo A), titulación universitaria superior: 30€.
Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
Fotocopia compulsada del título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la convocatoria, o en su defecto,
justificante del pago para la expedición.
Así como los documentos, en original o fotocopia compulsada, acreditativos de los méritos que se aleguen por los
aspirantes, para ser valorados en el concurso, de acuerdo al baremo que la cláusula Sexta, B).
CUARTO. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en el
tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Asimismo, se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de
selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en
este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicas por el órgano de selección en los
locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del
mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
QUINTO. Tribunal Calificador
De acuerdo a lo establecido en el art. 60 del testo refundido de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado
Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los
órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por
cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica
y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:
— Presidente.- Un funcionario, con titulación igual o superior a la plaza convocada, designado por la Alcaldía.
— Vocales.-
· Un funcionario de la Junta de Extremadura, con titulación igual o superior a la plaza convocada.
· Dos funcionarios, con titulación igual o superior a la plaza convocada, designado por la Alcaldía.
— Secretario, empleado público designado por la Alcaldía.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente,
siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos
asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán
con voz, pero sin voto.
- 2/11 -
CVE:
BOP-2024-3226
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de junio de 2024
N.º 0111
Pág. 13588