Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3143)
BOP-2024-3143 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de Residuos.
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planificación que, en su caso, aprueben las comunidades autónomas y en la normativa sectorial
en materia de responsabilidad ampliada del productor, además de Ejercer la potestad de
vigilancia e inspección y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.
Las Entidades Locales podrán gestionar los residuos comerciales no peligrosos, en los
términos que establezcan sus respectivas ordenanzas, de conformidad con lo previsto en los
artículos 12.5.e de la Ley 7/2022, cuando los establecimientos decidan de manera voluntaria
acogerse al sistema de gestión municipal o, cuando la Entidad Local, haya establecido su propio
sistema de gestión e imponga, de manera motivada y basándose en criterios de mayor
eficiencia y eficacia en la gestión de los residuos, la incorporación obligatoria de estos
productores de residuos al sistema de gestión municipal sin perjuicio de que los productores
de estos residuos puedan gestionarlos por sí mismos. En caso de que el productor de residuos
comerciales no se acoja al sistema público deberá acreditar adecuadamente la correcta gestión
de sus residuos a la Entidad Local, en los términos previstos en el artículo 20.3 de la Ley
7/2022.
En el Capítulo II de la Ley 7/2022, se establecen los requisitos mínimos generales
aplicables al régimen de responsabilidad ampliada del productor. Además, mediante el Real
Decreto 293/2018, de 18 de mayo, se establecen diversas medidas para la reducción del
consumo de bolsas de plástico, entre las que se establece la posibilidad de que los Entes
Locales puedan llevar a cabo campañas de concienciación y sensibilización.
Ante estas novedades normativas se hace necesario la aprobación de la presente
Ordenanza Marco sobre la Recogida de Residuos de competencia municipal.
CVE:
BOP-2024-3143
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 6 de junio de 2024
N.º 0107
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