Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-3110)
BOP-2024-3110 EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias. Año 2024.
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1) Unidades familiares formadas por una persona: 700 euros.
2) Unidades familiares formadas por dos personas: 850 euros.
3) Unidades familiares formadas por tres personas: 950 euros.
4) Unidades familiares formadas por cuatro personas: 1.050 euros.
5) Unidades familiares formadas por cinco personas: 1.200 euros.
6) Unidades familiares formadas por seis personas: 1.300 euros.
7) Unidades familiares formadas por siete personas: 1.400 euros.
8) Unidades familiares formadas por ocho personas: 1.600 euros.
9) Unidades familiares formadas por nueve personas: 1.700 euros.
10) Unidades familiares formadas por diez o más personas: 1.800 euros.
d) Gastos de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público
contemplados en la base QUINTA 1.e): 1.500 euros, con excepción del transporte para
tratamiento que se abonará a 0,25 euros el kilómetro, sin que pueda superar la ayuda para
todos estos gastos el importe máximo previsto en el apartado segundo de esta Base.e) Gastos
destinados a una necesidad crítica previstos en la base QUINTA 1.f): 2.010 euros.f) Gastos de
endeudamiento previo contemplados en la base QUINTA 1-g): la misma cuantía que la
señalada para cada uno de los distintos conceptos.
2. En caso de que la solicitud de la ayuda estuviera referida a varios de los gastos señalados
en el apartado primero, se establece un importe máximo por todos los conceptos de 2.950
euros.
VII.- ORDENACION, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCION DEL PROCEDIMIENTO.
1. Las solicitudes para la obtención de estas ayudas, se ajustarán al modelo incluido como
anexo I de las presentes bases, se dirigirán al Ayuntamiento de Miajadas, tramitándose con
arreglo al procedimiento que se describe en los siguientes apartados, el cual se ajusta a lo
previsto en el artículo 9 del Decreto 110/2021, de 22 de septiembre.
2. Los lugares de presentación de las solicitudes, junto con la documentación exigida en el
artículo 12 del Decreto 110/2021, serán los siguientes (pudiendo optar por cualquiera de ellos):
En el Registro General del Ayuntamiento sito en Plaza de España, número 10.
En la sede electrónica del Ayuntamiento: https://sedemiajadas.eadministracion.es
Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio
registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es/ (https://rec.redsara.es/).
El modelo de solicitud se facilitará y se podrá retirar en el despacho de los Servicios Sociales
de Atención Social Básica situados en la sede central del Ayuntamiento de Miajadas, previa
CVE:
BOP-2024-3110
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de junio de 2024
N.º 0106
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