Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-3106)
BOP-2024-3106 Bases para la concesión de las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2024.
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AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES (CÁCERES)
C.P.: 10190 - Plaza de España, nº 1- Teléfono: 927 29 00 02 / Fax: 927 29 10 64
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0 www.casardecaderes.com
c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otras prestaciones, subvenciones o ayudas a
las que pudieran tener derecho la persona solicitante o los restantes miembros de la
unidad de convivencia.
2. Las personas BENEFICIARIAS de las ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias, vendrán obligadas a:
a) Destinar la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
b) Justificar los pagos realizados, en los plazos y por los medios señalados en el artículo
anterior y conforme determine la entidad local concedente de la ayuda.
c) Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales y de los órganos competentes
para comprobar el cumplimiento de los requisitos y la aplicación de la ayuda a la
finalidad para la que se concedió, aportando cuanta información y documentación les
sea requerida.
d) Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas por no comunicar la variación de
las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda, las cantidades no
justificadas o, en caso de haber percibido otros recursos para la misma finalidad, el
exceso de financiación si lo hubiere.
e) Previo informe motivado de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, en la
resolución de concesión podrá exigirse a cualquiera de las personas integrantes de la
unidad familiar la obligación de participar en acciones de inserción social, laboral y/o
formativas o análogas con el fin de propiciar su integración y de abandonar el proceso
de exclusión o riesgo de exclusión social en que se encuentra la unidad familiar.
QUINTA. - PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1. Las instancias se dirigirán al Ayuntamiento de Casar de Cáceres y se presentarán en el
Registro General del Ayuntamiento, así como en las demás formas previstas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Los/as interesados/as, deberán entregar la solicitud
debidamente cumplimentada con toda la documentación necesaria.
2. El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y
Boletín Oficial de la Provincia, hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2024
de la subvención concedida para este fin por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, y en todo caso, hasta el día 31 de noviembre de 2024. Las personas interesadas
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N.º 0106
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c) Solicitar con carácter previo cualesquiera otras prestaciones, subvenciones o ayudas a
las que pudieran tener derecho la persona solicitante o los restantes miembros de la
unidad de convivencia.
2. Las personas BENEFICIARIAS de las ayudas extraordinarias de apoyo social para
contingencias, vendrán obligadas a:
a) Destinar la totalidad de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
b) Justificar los pagos realizados, en los plazos y por los medios señalados en el artículo
anterior y conforme determine la entidad local concedente de la ayuda.
c) Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales y de los órganos competentes
para comprobar el cumplimiento de los requisitos y la aplicación de la ayuda a la
finalidad para la que se concedió, aportando cuanta información y documentación les
sea requerida.
d) Reintegrar las cantidades indebidamente percibidas por no comunicar la variación de
las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda, las cantidades no
justificadas o, en caso de haber percibido otros recursos para la misma finalidad, el
exceso de financiación si lo hubiere.
e) Previo informe motivado de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, en la
resolución de concesión podrá exigirse a cualquiera de las personas integrantes de la
unidad familiar la obligación de participar en acciones de inserción social, laboral y/o
formativas o análogas con el fin de propiciar su integración y de abandonar el proceso
de exclusión o riesgo de exclusión social en que se encuentra la unidad familiar.
QUINTA. - PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1. Las instancias se dirigirán al Ayuntamiento de Casar de Cáceres y se presentarán en el
Registro General del Ayuntamiento, así como en las demás formas previstas en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Los/as interesados/as, deberán entregar la solicitud
debidamente cumplimentada con toda la documentación necesaria.
2. El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la
publicación de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y
Boletín Oficial de la Provincia, hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2024
de la subvención concedida para este fin por la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, y en todo caso, hasta el día 31 de noviembre de 2024. Las personas interesadas
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Miércoles, 5 de junio de 2024
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