Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-3106)
BOP-2024-3106 Bases para la concesión de las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias 2024.
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AYUNTAMIENTO DE CASAR DE CÁCERES (CÁCERES)
C.P.: 10190 - Plaza de España, nº 1- Teléfono: 927 29 00 02 / Fax: 927 29 10 64
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0 www.casardecaderes.com
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo
sin que se haya dictado y notificado la resolución legitima a los interesados para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
En los supuestos en que la persona beneficiaria incumpliese cualquiera de los requisitos y
obligaciones establecidos en las presentes disposiciones, incluida la justificación de las mismas,
vendrá obligada a reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas o no aplicadas
al fin que motivó su concesión, todo ello sin perjuicio de las demás acciones que, en su caso,
procedan.
DÉCIMA TERCERA.- DATOS PERSONALES
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y
guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la
tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones relacionadas.
DÉCIMA CUARTA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas Bases, motivo por el
cual no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la
aplicación de estas Bases serán resueltas por la Alcaldía.
DÉCIMA QUINTA.- RECURSOS
Contra la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que la
ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de su extracto
en el B.O.P. de Cáceres o, directamente, recurso contencioso – administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponerse
recurso Contencioso – Administrativo, hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o haya
sido desestimado por silencio administrativo.
DÉCIMA SEXTA.- PUBLICIDAD
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
Cód.
Validación:
36T2T4K5JKFNGNNC74TZ5MKL6
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-3106
Verificable
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Miércoles, 5 de junio de 2024
N.º 0106
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El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo
sin que se haya dictado y notificado la resolución legitima a los interesados para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
En los supuestos en que la persona beneficiaria incumpliese cualquiera de los requisitos y
obligaciones establecidos en las presentes disposiciones, incluida la justificación de las mismas,
vendrá obligada a reintegrar el importe de las cantidades indebidamente percibidas o no aplicadas
al fin que motivó su concesión, todo ello sin perjuicio de las demás acciones que, en su caso,
procedan.
DÉCIMA TERCERA.- DATOS PERSONALES
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales, se tratarán y
guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe para la
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DÉCIMA CUARTA.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
El hecho de participar en las ayudas conlleva la aceptación de estas Bases, motivo por el
cual no podrán impugnarlas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan surgir en la
aplicación de estas Bases serán resueltas por la Alcaldía.
DÉCIMA QUINTA.- RECURSOS
Contra la Resolución de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el órgano que la
ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de su extracto
en el B.O.P. de Cáceres o, directamente, recurso contencioso – administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponerse
recurso Contencioso – Administrativo, hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o haya
sido desestimado por silencio administrativo.
DÉCIMA SEXTA.- PUBLICIDAD
La convocatoria y sus bases, así como los sucesivos anuncios relativos a las ayudas se
publicarán en la Base Nacional de Subvenciones, junto a un extracto en el B.O.P. de Cáceres,
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