Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2024-3087)
BOP-2024-3087 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del servicio de Escuela Municipal de Educación Infantil (Primer Ciclo).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
—Fomentar el respeto por todos los/las componentes de la comunidad educativa.
Tratar con consideración a los profesores, personal no docente y alumnos.
—Respetar el Reglamento y las recomendaciones del personal del Centro.
—Abonar las tarifas establecidas por cada uno de los servicios.
—Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger al alumno y
facilitar un número de contacto permanente.
—Mantener la adecuada higiene en los alumnos y no llevarlos al centro en el supuesto
de que padezcan enfermedades contagiosas.
Se deberán respetar las medidas higiénico-sanitarias necesarias para contribuir al
buen funcionamiento del centro, siendo uno de los requisitos para la admisión la
fotocopia del calendario de vacunas y de la cartilla sanitaria.
. 2822
Queda prohibido asistir al centro con una manifiesta falta de higiene o con proceso de
infección, fiebre, alteraciones contagiosas de la piel y en general con cualquier
enfermedad contagiosa, pudiendo exigirse en cualquier momento la acreditación de
que al niño le han sido suministradas las vacunas requeridas para la edad
correspondiente.
En el supuesto de que los profesores detecten síntomas de los citados, en los niños
mientras están en el centro se avisará inmediatamente a los padres, madres,
tutores/as o representantes legales para que vengan a recogerlos con la mayor
brevedad posible. Del mismo modo, si los/as niños/as sufrieran algún accidente en el
centro sin gravedad se le curará en la enfermería y se avisará a los padres.
—Asistir y participar en las reuniones de la Asociación de Padres así como acudir
cuando sean citados por la Dirección del Centro.
ARTÍCULO 18.- Normas Específicas: Aspectos Funcionamiento, Sanitarios y
Alimentación.
Los/as niños/as que asistan a la Escuela Infantil por primera vez deberán traer en lugar
visible una etiqueta o distintivo con su nombre y apellidos.
El/la niño/a no y especialmente si no controla aún sus esfínteres, debe traer una bolsa
con un buen cierre que contenga:
•Una muda interior y otra exterior.
•Pañales necesarios para cubrir las necesidades de la jornada.
•Toallitas húmedas.
•Merienda.
Los/as niños/as deben vestir en el centro ropa cómoda, evitando en lo posible botones,
cierres o tirantes superfluos. Se deben descartar los modelos tipo buzo. Es necesario
que el/la niño/a pueda auto valerse para conseguir independencia en la satisfacción de
sus necesidades fisiológicas. El control de esfínteres depende, en parte, de cosas así.
Las prendas que se consideren fáciles de extraviar se deben marcar. Preferiblemente,
hacerlo con algún distintivo (siempre el mismo) que el/a niño/a pudiera reconocer con
facilidad. De no ser posible lo anterior, se marcarán las prendas con el nombre y
CVE:
BOP-2024-3087
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de junio de 2024
N.º 0105
Pág. 13048
—Fomentar el respeto por todos los/las componentes de la comunidad educativa.
Tratar con consideración a los profesores, personal no docente y alumnos.
—Respetar el Reglamento y las recomendaciones del personal del Centro.
—Abonar las tarifas establecidas por cada uno de los servicios.
—Indicar por escrito la relación de personas autorizadas para recoger al alumno y
facilitar un número de contacto permanente.
—Mantener la adecuada higiene en los alumnos y no llevarlos al centro en el supuesto
de que padezcan enfermedades contagiosas.
Se deberán respetar las medidas higiénico-sanitarias necesarias para contribuir al
buen funcionamiento del centro, siendo uno de los requisitos para la admisión la
fotocopia del calendario de vacunas y de la cartilla sanitaria.
. 2822
Queda prohibido asistir al centro con una manifiesta falta de higiene o con proceso de
infección, fiebre, alteraciones contagiosas de la piel y en general con cualquier
enfermedad contagiosa, pudiendo exigirse en cualquier momento la acreditación de
que al niño le han sido suministradas las vacunas requeridas para la edad
correspondiente.
En el supuesto de que los profesores detecten síntomas de los citados, en los niños
mientras están en el centro se avisará inmediatamente a los padres, madres,
tutores/as o representantes legales para que vengan a recogerlos con la mayor
brevedad posible. Del mismo modo, si los/as niños/as sufrieran algún accidente en el
centro sin gravedad se le curará en la enfermería y se avisará a los padres.
—Asistir y participar en las reuniones de la Asociación de Padres así como acudir
cuando sean citados por la Dirección del Centro.
ARTÍCULO 18.- Normas Específicas: Aspectos Funcionamiento, Sanitarios y
Alimentación.
Los/as niños/as que asistan a la Escuela Infantil por primera vez deberán traer en lugar
visible una etiqueta o distintivo con su nombre y apellidos.
El/la niño/a no y especialmente si no controla aún sus esfínteres, debe traer una bolsa
con un buen cierre que contenga:
•Una muda interior y otra exterior.
•Pañales necesarios para cubrir las necesidades de la jornada.
•Toallitas húmedas.
•Merienda.
Los/as niños/as deben vestir en el centro ropa cómoda, evitando en lo posible botones,
cierres o tirantes superfluos. Se deben descartar los modelos tipo buzo. Es necesario
que el/la niño/a pueda auto valerse para conseguir independencia en la satisfacción de
sus necesidades fisiológicas. El control de esfínteres depende, en parte, de cosas así.
Las prendas que se consideren fáciles de extraviar se deben marcar. Preferiblemente,
hacerlo con algún distintivo (siempre el mismo) que el/a niño/a pudiera reconocer con
facilidad. De no ser posible lo anterior, se marcarán las prendas con el nombre y
CVE:
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Verificable
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Martes, 4 de junio de 2024
N.º 0105
Pág. 13048