Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2024-3087)
BOP-2024-3087 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora del servicio de Escuela Municipal de Educación Infantil (Primer Ciclo).
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
La Escuela Infantil de este Municipio en el desarrollo de sus actuaciones educativas,
actuarán de acuerdo con los siguientes principios rectores:
—Interés superior de la niña y el niño.
—Protección a la infancia.003615
—Coeducación.
—Inclusión, entendido como respeto a la diversidad.
—Integración de todas las niñas y niños y sus familias en las Escuelas Infantiles.
—Participación de las familias en el proceso educativo.
—Cooperación con otras Administraciones, entidades y tejido asociativo.
—Innovación en los proyectos educativos que se desarrollan en las Escuelas Infantiles.
—Autonomía de las Escuelas en el desarrollo de su proyecto educativo.
—Solidaridad entendida como un sentimiento de unidad en la comunidad educativa y
su entorno.
—Globalidad, una escuela por y para todos/todas.
—Distribución de los contenidos educativos en áreas correspondientes a ámbitos
propios de la experiencia y del desarrollo infantil y abordaje de los mismos por medio
de actividades globalizadas que tengan utilidad y significado para los niños.
—Fundamentación de los métodos de trabajo en las experiencias, las actividades y el
juego y aplicación de estos en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar la
autoestima e integración social de los niños y niñas.
ARTÍCULO 5. Contenido Educativo.
El contenido educativo se elaborará por la administración educativa y se desarrollará y
completará por el centro docente en base a su autonomía pedagógica y será recogido
en la propuesta pedagógica del centro.
TÍTULO II. DEL CENTRO
ARTÍCULO 6. Personal del Centro.
a) Director/a del centro. La Escuela contará con la figura del/la director/a, que
obligatoriamente deberá estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
Magisterio con Especialidad de Educación Infantil; Profesor/a de Educación General
Básica con especialidad de Educación Preescolar; Maestro de Primera Enseñanza;
Diplomado/a o Licenciado/a con la especialidad de Educación Infantil debidamente
reconocida por la Administración Educativa; Título de Grado en Educación Infantil u
otra titulación que sea permitida por la Administración Educativa.
El director/a será nombrado/a de entre el personal docente por la Alcaldía o Concejal/a
Delegado/a, y desarrollará, además de las funciones propias como docente, funciones
de secretaría y coordinación de las actividades del Centro y en especial:
—Tareas propias de Secretaría.
—Custodiar libros y archivos del Centro.
—Convocar y moderar las reuniones del equipo.
—Asegurar el envío de información sobre el funcionamiento de la Escuela a los Padres.
—Coordinación con los sectores educativos cuando sea necesario.
CVE:
BOP-2024-3087
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de junio de 2024
N.º 0105
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