Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2024-3016)
BOP-2024-3016 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, una plaza de arquitecto/a de la oficina técnica de urbanismo.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Presidencia de la Corporación
resolverá el nombramiento como funcionario de carrera o contratación como personal laboral
fijo a favor de las personas que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los
requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Con carácter previo al nombramiento o contrato, a las personas que hayan superado el
proceso les será ofrecido por el Área de Empleado Público el conjunto de plazas
(funcionariales y laborales) de igual denominación a la que se opte, debiendo elegir éstas
según el orden de prelación de mayor a menor resultante de la puntuación final.
3. Los nombramientos de funcionarios de carrera y las contrataciones como personal laboral
fijo en la plaza correspondiente, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Cáceres, en la sede electrónica y en el Tabón de Anuncios de la Mancomunidad Integral
Sierra de San Pedro.
4. Las personas nombradas o contratadas deberán tomar posesión en el plazo máximo de TRES
DÍAS NATURALES si no implica cambio de residencia de la persona empleada, o de UN
MES si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
5. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión o
contratación deberá computarse desde dicha publicación.
6. El cómputo de los plazos posesorios o de aceptación del contrato se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
7. Efectuada la toma de posesión o la suscripción del contrato, el plazo posesorio o el
equivalente en el caso de la contratación, se considerará como de servicio activo a todos los
efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o
excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.
VIGÉSIMA. BOLSAS DE TRABAJO TEMPORAL
El proceso de estabilización de empleo temporal que convoque la Mancomunidad regulado por
la Ley 20/2021 no generará bolsas de trabajo temporal. No obstante, lo anterior, si los/as
aspirantes que desempeñen los puestos correspondientes a las plazas convocadas no superaran
el proceso de selección quedarán en situación de reserva de plaza en el mismo puesto y/o
categoría de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro.
VIGÉSIMOPRIMERA. IMPUGNACIONES
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por las personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la
interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entenderse
que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
de lo de la ciudad de Cáceres en el plazo de seis meses.
15
MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
Cód.
Validación:
5WKZWD336ZKFXWE4ZNPNXNCRW
Verificación:
https://mancomunidadsierrasanpedro.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
15
de
17
CVE:
BOP-2024-3016
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
Pág. 12707
resolverá el nombramiento como funcionario de carrera o contratación como personal laboral
fijo a favor de las personas que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los
requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Con carácter previo al nombramiento o contrato, a las personas que hayan superado el
proceso les será ofrecido por el Área de Empleado Público el conjunto de plazas
(funcionariales y laborales) de igual denominación a la que se opte, debiendo elegir éstas
según el orden de prelación de mayor a menor resultante de la puntuación final.
3. Los nombramientos de funcionarios de carrera y las contrataciones como personal laboral
fijo en la plaza correspondiente, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de
Cáceres, en la sede electrónica y en el Tabón de Anuncios de la Mancomunidad Integral
Sierra de San Pedro.
4. Las personas nombradas o contratadas deberán tomar posesión en el plazo máximo de TRES
DÍAS NATURALES si no implica cambio de residencia de la persona empleada, o de UN
MES si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
5. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión o
contratación deberá computarse desde dicha publicación.
6. El cómputo de los plazos posesorios o de aceptación del contrato se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
7. Efectuada la toma de posesión o la suscripción del contrato, el plazo posesorio o el
equivalente en el caso de la contratación, se considerará como de servicio activo a todos los
efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o
excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.
VIGÉSIMA. BOLSAS DE TRABAJO TEMPORAL
El proceso de estabilización de empleo temporal que convoque la Mancomunidad regulado por
la Ley 20/2021 no generará bolsas de trabajo temporal. No obstante, lo anterior, si los/as
aspirantes que desempeñen los puestos correspondientes a las plazas convocadas no superaran
el proceso de selección quedarán en situación de reserva de plaza en el mismo puesto y/o
categoría de la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro.
VIGÉSIMOPRIMERA. IMPUGNACIONES
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá
interponerse por las personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la
interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, podrá entenderse
que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
de lo de la ciudad de Cáceres en el plazo de seis meses.
15
MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
Cód.
Validación:
5WKZWD336ZKFXWE4ZNPNXNCRW
Verificación:
https://mancomunidadsierrasanpedro.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
15
de
17
CVE:
BOP-2024-3016
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
Pág. 12707