Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-2997)
BOP-2024-2997 EXTRACTO. Convocatoria de Subvenciones para Actividades Deportivas.
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68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La evaluación de las solicitudes o peticiones se efectuará por la Comisión de Valoración
conforme con los criterios, formas y prioridades de valoración establecidos en la convocatoria.
La Comisión de Valoración, que actuará como órgano colegiado, estará formada por:
- Concejal/a de Deportes.
- Coordinador/a de Deportes.
- Animadora Socio-Cultural.
- Gerente Dinamización Comercial.
- Secretario/a Ayuntamiento o Funcionario/a en quien delegue.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de evaluación,
formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se notificará a
los/as interesados/as concediéndoles/as un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los/as interesados/as, antes de formular
la propuesta de resolución definitiva, se requerirá a los/as que vayan a ser beneficiarios/as, si
fuera necesario, los certificados actualizados que acrediten el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y, del servicio gestor, el informe de que
no tienen cantidad alguna pendiente de reintegro a la tesorería municipal.
La propuesta de resolución definitiva deberá expresar el/la solicitante o la relación de
solicitantes para los/as que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía,
especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla, así como
que los/as beneficiarios/as cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a aquélla.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del/a
beneficiario/a propuesto/a, frente a esta Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
La resolución que ponga fin al procedimiento se dictará y notificará por el órgano competente
en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente
convocatoria, salvo que ésta posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del
plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los/as interesados/as para
CVE:
BOP-2024-2997
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
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