Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-2997)
BOP-2024-2997 EXTRACTO. Convocatoria de Subvenciones para Actividades Deportivas.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
caso de ser federada).
- Proyecto de actuación para la temporada 2.023/2.024, realizado mediante las hojas
necesarias del modelo marcado, y adjunto en la Normativa. Estas hojas se entregarán
en funda de plástico sin grapar ni encuadernar. Para favorecer su escaneado completo
durante el proceso de registro. No olvidando su numeración tal y como se recoge en
cada una de las hojas.
5. Solicitudes para el Programa C: Certificado expedido por la Federación Extremeña o
Nacional (la que corresponda) donde se indique con nombre, apellidos y número de D.N.I. la
selección de un determinado deportista y su participación en la Selección Deportiva.
6. Certificados de hallarse al corriente de pagos con la Tesorería General de la Seguridad
Social, con Agencia Tributaria. La presentación de estos certificados NO se podrá sustituir por
la presentación de ningún tipo de autorización al Excmo. Ayuntamiento de Moraleja para poder
acceder a estos datos.
La situación de hallarse al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Moraleja, se comprobará
de oficio.
7. Declaración jurada del/a Presidente/a de la entidad del cumplimiento de los requisitos
necesarios para obtener la condición de beneficiario de subvenciones conforme a la Ley
38/2003 de 17 de Noviembre General de Subvenciones, según el Anexo V.
Artículo 7. Ordenación, instrucción y resolución del Expediente.
El órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento de concesión de
subvenciones será la Concejalía de Deportes, a través de sus técnicos/as, que realizará de
oficio cuantas actuaciones estime necesaria para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
El órgano competente para la instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime
necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los
cuales deba formularse la propuesta de resolución.
En la fase de preevaluación se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para
adquirir la condición de beneficiario/a de la subvención. Si la solicitud no reúne los requisitos
establecidos en la convocatoria, requerirá al/a interesado/a para que la subsane en el plazo
máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a
de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo
CVE:
BOP-2024-2997
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
Pág. 12520