Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-2997)
BOP-2024-2997 EXTRACTO. Convocatoria de Subvenciones para Actividades Deportivas.
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Artículo 11. Obligaciones de los/as beneficiarios/as.
Los/as beneficiarios/as asumirán, además de las obligaciones contenidas en las presentes
bases y las previas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las
siguientes:
- Realizar las actividades que fundamentan la concesión de las ayudas en el plazo,
forma, términos y condiciones previstas. Si bien las fechas de realización podrán ser
corregidas por la propia entidad en los casos de tiempo y condiciones climáticas
adversas, coincidencia fortuita con el desarrollo de una actividad federativa o con el
desarrollo de obras en el lugar de actuación.
- Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que el
Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Moraleja lleve a cabo a través de sus órganos
competentes.
- Incorporar de forma visible en el material que se utilice para la difusión de las
actividades le leyenda “Subvencionado por el Excmo. Ayuntamiento de la Villa de
Moraleja, Concejalía de Deportes”, así como el logotipo correspondiente; que podrá
incluir otros como p.e. el de “Ciudad Saludable”.
- Esta leyenda ocupará un cuadrado, sobre fondo blanco, de los carteles para la
información de la celebración de partidos, en todas las categorías.
- Solicitar ayudas y/o subvenciones para este u otros programas a Diputación de
Cáceres y Junta de Extremadura, cuando así lo publiquen sus diarios y boletines
oficiales. El cumplimiento de esta obligación sumará al club deportivo implicado 50
puntos para la próxima convocatoria de subvenciones.
Artículo 12. Pagos.
Una vez concedida la subvención, y condicionado al estado de tesorería, los clubes y
asociaciones deportivas recibirán inicialmente el 50% de la cantidad asignada, y el resto de la
cuantía a percibir como subvención (50%), se abonará previa justificación del 100 % de la
cuantía del Proyecto.
Artículo 13. Justificación de las Ayudas.
1. Para los Programas “A” y “B”:
CVE:
BOP-2024-2997
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de mayo de 2024
N.º 0103
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