Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2024-2951)
BOP-2024-2951 Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Escuela de Educación Infantil.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – 927360799 – Fax 927 360796 * e:mail: ayuntamiento@logrosan.es *
 Indicar la relación de personas autorizadas para recoger al alumnado y facilitar
números de contacto permanente.
 Mantener la adecuada higiene en los alumnos/as y no llevarlos al centro en el supuesto
de que padezcan enfermedades contagiosas.
 Advertir de la no asistencia de los alumnos/as al centro.
Serán derechos de los padres, madres o tutores del alumnado matriculado en el centro:
 Agruparse en las Asociaciones de Padres y participar en la vida de la Escuela Infantil,
según la legislación vigente.
 Estar informados sobre el desarrollo de sus hijos/as, de las posibles anomalías de
conducta que exijan actuación conjunta y los plazos de matriculación.
 Dirigirse al educador/a, previa petición, para realizar cualquier consulta u observación
sobre la actividad escolar de los niños/as.
ARTÍCULO 12. MEDIDAS HIGIÉNICO-SANITARIAS
Se deberán respetar las medidas higiénico-sanitarias necesarias para contribuir el buen
funcionamiento del centro.
Queda prohibido asistir al centro con una manifiesta falta de higiene o con proceso de
infección, fiebre, alteraciones contagiosas de la piel y en general con cualquier proceso
infecto contagioso. En el supuesto de que se detecten los síntomas citados anteriormente, se
avisará inmediatamente a los padres para que vengan a recogerlos.
ARTÍCULO 13. PROGRAMA PEDAGÓGICO
Los máximos responsables de la educación de los niños/as son los padres, y por ello han de
colaborar con el centro en la tarea educativa que se desarrolla en la Escuela Infantil mediante
sugerencias, contactos periódicos y entrevistas con los educadores/as.
Desde la Escuela Infantil se organizarán actividades fuera del Centro, que se comunicarán con
antelación y tendrán que ser autorizadas por los padres, madres o tutores.
Título VI. Del personal del centro
ARTÍCULO 14. DEL PERSONAL DEL CENTRO
Todo el personal del Centro dependerá orgánicamente del Ayuntamiento de Logrosán y se
regirá por las normas organizativas establecidas por el mismo, por lo dispuesto en la relación
de puestos de trabajo y en la normativa aplicable en ese momento.
El personal docente adscrito en la Escuela Infantil será el que en cada supuesto venga
determinado por la normativa aplicable, en relación tanto al número como a la titulación
requerida para ello.
Los servicios de mantenimiento y limpieza del centro serán atendidos por profesionales
adecuados y suficientes.
Título VII. Admisión de Alumnos
ARTÍCULO 15. SOLICITUDES
Cód.
Validación:
5KWLGJQ6MRMGNAD2SM4P23JXJ
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
3
de
4
CVE:
BOP-2024-2951
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de mayo de 2024
N.º 0102
Pág. 12357