Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-2927)
BOP-2024-2927 Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por el uso y prestación de Servicios o actividades en las instalaciones deportivas, así como su utilización.
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Ayuntamiento de Montehermoso
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ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS O ACTIVIDADES
EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE MONTEHERMOSO, ASÍ COMO
LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE
MONTEHERMOSO.
Artículo 1. CONCEPTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local, y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por la prestación de servicios o actividades en las
instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Montehermoso , así como la utilización de las instalaciones
deportivas del Ayuntamiento de Montehermoso.
Artículo 2. HECHO IMPONIBLE
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios o actividades en las instalaciones deportivas
del Ayuntamiento de Montehermoso , así como la utilización de las instalaciones deportivas del Ayuntamiento
de Montehermoso.
Artículo 3. SUJETOS PASIVOS
Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 33
de la Ley General Tributaria, que soliciten la prestación de servicios o actividades en las instalaciones deportivas
del Ayuntamiento de Montehermoso , así como la utilización de las instalaciones deportivas del Ayuntamiento
de Montehermoso.
Artículo 4. OBLIGADOS AL PAGO
Están obligados al pago de la tasa regulado en esta Ordenanza quienes ostentan la condición de sujeto pasivo.
Artículo 5. DEVENGO.
El devengo se produce en el mismo momento de iniciar la prestación de servicios o actividades en las
instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Montehermoso , así como la utilización de las instalaciones
deportivas del Ayuntamiento de Montehermoso.
Artículo 6. OBLIGACIONES FORMALES
a) Las personas físicas o jurídicas y las Entidades interesadas, vendrán obligadas a solicitar la prestación
de servicios o actividades en las instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Montehermoso , así
como la utilización de las instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Montehermoso.
b) Previa autorización, deberán acreditar el pago de la tarifa, mediante autoliquidación u otros sistemas
autorizados.
c) Estarán obligados a acreditar las distintas situaciones que las tarifas impongan para aplicar la cuota
tributaria, como la presentación del Carné Joven, libro de familia o documento acreditativo de
menores a carga del sujeto pasivo, documento acreditativo del registro de parejas de hecho, carnet de
identidad, de conducir o pasaporte que acredite la edad, resolución de la acreditación de minusvalía así
como la acreditación de la representación para las personas jurídicas o entidades sin personalidad
jurídica.
d) Las autorizaciones que se concedan tendrán carácter personal y no podrán ser cedidas o subarrendadas a
Cód.
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Martes, 28 de mayo de 2024
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