Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-2909)
BOP-2024-2909 Bases convocatoria subvenciones Fondos Bibliográficos 24.
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c) Adoptar las medidas de difusión necesarias para dar publicidad a la ayuda concedida. Las
entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad ha sido
subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello deberán hacer constar la
colaboración mediante el logotipo de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en todo el
material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad
subvencionada o, en su caso, deberán publicar en su página Web o tablón de anuncios, en su
defecto, nota informativa con las actividades programadas, subvencionadas y el importe total
de la ayuda, haciendo expresa referencia a la subvención concedida por la Diputación
Provincial.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
El importe total del gasto es de 150.000,00 Euros que se financiará con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 5.3340.76200 (dotada con 148.800.00 €) y 5.3340.76800 (dotada
con 1.200,00 €) de los Presupuestos de la Diputación Provincial de Cáceres del año 2024.La
cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad solicitante
estará en función de los criterios de valoración establecidos en la presente base, acordados
entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura. Los criterios para su adjudicación
serán los siguientes:
a) Gastos realizados en la biblioteca o agencia de lectura por las entidades locales en el año
anterior, con fondos propios:
- Entre 300 y 3.000 €: 20 €
- Entre 3.001 y 6.000 €: 40 €
- Entre 6.001 y 10.000 €: 75 €
- Entre 10.001 y 20.000 €: 120 €
- Entre 20.001 y 30.000 €: 200 €
- Entre 30.001 y 50.000 €: 320 €
- Entre 50.001 y 75.000 €: 500 €
- Entre 75.001 y 100.000 €: 750 €
- De 100.001 € en adelante: 1.200 €
CVE:
BOP-2024-2909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de mayo de 2024
N.º 0101
Pág. 12225
entidades beneficiarias de la subvención estarán obligadas a difundir que la actividad ha sido
subvencionada por la Diputación Provincial de Cáceres. Para ello deberán hacer constar la
colaboración mediante el logotipo de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en todo el
material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar el proyecto o actividad
subvencionada o, en su caso, deberán publicar en su página Web o tablón de anuncios, en su
defecto, nota informativa con las actividades programadas, subvencionadas y el importe total
de la ayuda, haciendo expresa referencia a la subvención concedida por la Diputación
Provincial.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
El importe total del gasto es de 150.000,00 Euros que se financiará con cargo a las
aplicaciones presupuestarias 5.3340.76200 (dotada con 148.800.00 €) y 5.3340.76800 (dotada
con 1.200,00 €) de los Presupuestos de la Diputación Provincial de Cáceres del año 2024.La
cuantía de la subvención a conceder por la Diputación de Cáceres a cada entidad solicitante
estará en función de los criterios de valoración establecidos en la presente base, acordados
entre la Diputación de Cáceres y la Junta de Extremadura. Los criterios para su adjudicación
serán los siguientes:
a) Gastos realizados en la biblioteca o agencia de lectura por las entidades locales en el año
anterior, con fondos propios:
- Entre 300 y 3.000 €: 20 €
- Entre 3.001 y 6.000 €: 40 €
- Entre 6.001 y 10.000 €: 75 €
- Entre 10.001 y 20.000 €: 120 €
- Entre 20.001 y 30.000 €: 200 €
- Entre 30.001 y 50.000 €: 320 €
- Entre 50.001 y 75.000 €: 500 €
- Entre 75.001 y 100.000 €: 750 €
- De 100.001 € en adelante: 1.200 €
CVE:
BOP-2024-2909
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de mayo de 2024
N.º 0101
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