Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-2906)
BOP-2024-2906 Bases de Convocatoria del proceso selectivo para la contratación en régimen laboral temporal de Un/a Gestor/a Cultural.
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Europea, o nacionalidad de algún Estado en el que en virtud de los Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha
edad dependientes. En este supuesto, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud,
el documento que acredite las condiciones que se alegan.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes alguna de las siguientes titulaciones:
Grado en Gestión Cultural.
Máster oficial o propio en Gestión Cultural.
Otra formación de Posgrado: cursos de experto profesional, de especialista,
diploma de posgrado o similares en Gestión Cultural.
Otros cursos, titulaciones y/o certificados de profesionalidad de similares
características a los anteriores en cuanto a materia impartidos tanto por
Instituciones Públicas como Privadas homologadas, con un mínimo de 150 horas
lectivas.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
ejercicio de las funciones propias de la categoría objeto de la convocatoria mediante
sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo
previsto en el artículo 96.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empelado Público.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
CVE:
BOP-2024-2906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de mayo de 2024
N.º 0100
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