Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-2885)
BOP-2024-2885 Convenio de delegación de Gestión Tributaria y Recaudatoria con el Ayuntamiento de Casar de Palomero.
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Reguladora de las Haciendas Locales.
II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante O.A.R.G.T., tiene a su vez la competencia que
específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada Ley, de asistencia y cooperación
jurídica, económica y técnica a los Ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios
administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las Corporaciones respectivas, las dos partes
establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA. CONTENIDO Y EXCLUSIVIDAD DE LAS FUNCIONES DELEGADAS.
El Ayuntamiento de CASAR DE PALOMERO delega en el O.A.R.G.T. de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres, la Gestión Tributaria y la Recaudación de sus tributos locales conforme
a lo siguiente:
I) Gestión tributaria y Recaudación:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Tasa suministro de agua potable.
- Tasa por entrada de vehículos a través de aceras y por reserva de vía pública.
- Tasa de precios públicos y escaparates, anuncios luminosos y no luminosos.
II) Recaudación en periodo ejecutivo:
- El resto de Tributos (Tasas, Contribuciones especiales e Impuestos, recargos exigibles
sobre los impuestos), Precios Públicos, Multas y Sanciones y demás ingresos de
Derecho Público que deba percibir el Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2024-2885
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de mayo de 2024
N.º 0100
Pág. 12150
II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante O.A.R.G.T., tiene a su vez la competencia que
específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada Ley, de asistencia y cooperación
jurídica, económica y técnica a los Ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios
administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las Corporaciones respectivas, las dos partes
establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA. CONTENIDO Y EXCLUSIVIDAD DE LAS FUNCIONES DELEGADAS.
El Ayuntamiento de CASAR DE PALOMERO delega en el O.A.R.G.T. de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres, la Gestión Tributaria y la Recaudación de sus tributos locales conforme
a lo siguiente:
I) Gestión tributaria y Recaudación:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Tasa suministro de agua potable.
- Tasa por entrada de vehículos a través de aceras y por reserva de vía pública.
- Tasa de precios públicos y escaparates, anuncios luminosos y no luminosos.
II) Recaudación en periodo ejecutivo:
- El resto de Tributos (Tasas, Contribuciones especiales e Impuestos, recargos exigibles
sobre los impuestos), Precios Públicos, Multas y Sanciones y demás ingresos de
Derecho Público que deba percibir el Ayuntamiento.
CVE:
BOP-2024-2885
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de mayo de 2024
N.º 0100
Pág. 12150