Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-2885)
BOP-2024-2885 Convenio de delegación de Gestión Tributaria y Recaudatoria con el Ayuntamiento de Casar de Palomero.
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Sección I - Administración Local
Provincia
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres
EDICTO. Convenio de delegación de Gestión Tributaria y Recaudatoria con el
Ayuntamiento de Casar de Palomero.
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial en sesión ordinaria de fecha 29 de febrero de 2024
adoptó, entre otros, el Acuerdo de aprobar el Convenio de Delegación entre el Ayuntamiento de
Casar de Palomero y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, para la gestión y recaudación de los tributos
municipales.
De una parte el Sr. D. MIGUEL ÁNGEL MORALES SÁNCHEZ, Presidente del Organismo
Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres,
con CIF n.º P6000001E, en nombre del mismo y asistido por el Secretario del Organismo, Sr.
D. MARTÍN MORGADO PANADERO y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Pleno
de la Excma. Diputación Provincial en su sesión ordinaria de fecha 29 de febrero de 2024.
Y de otra parte, el/la Sr. D. OSCAR FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, Alcalde-Presidente del
Excmo. Ayuntamiento de CASAR DE PALOMERO con CIF n.º P1005100A y asistido por la
Secretaria municipal Sra. Dña. SANDRA IGLESIAS DOMÍNGUEZ y de conformidad con el
acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 28 de diciembre
de 2023.
EXPONEN
I
Que el Ayuntamiento, como titular de las potestades tributarias, financieras y de ejecución
forzosa que entre otras, le reconoce el artículo 4º de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, tiene atribuida la competencia para la gestión, liquidación,
recaudación e inspección de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que pueda
otorgar a favor de las Entidades Locales de ámbito superior y de las fórmulas de colaboración
con ellas, en relación con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la misma Ley y los artículos 7.1 y
8.4 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
CVE:
BOP-2024-2885
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de mayo de 2024
N.º 0100
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