Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-2864)
BOP-2024-2864 Aprobación definitiva de la Ordenanza general de subvenciones.
<< 11 << Página 11
Página 12 Pág. 12
-
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
4. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de seis meses desde la fecha del acuerdo
de iniciación. Transcurrido este plazo se producirá la caducidad del procedimiento.
Artículo 17. Control financiero de las subvenciones
1. El control financiero de las subvenciones tendrá por objeto verificar:
a) La adecuada y correcta obtención de la subvención por parte del beneficiario.
b) La adecuada y correcta justificación de la subvención por parte del beneficiario.
c) La realidad de las operaciones que, de acuerdo con la justificación hayan sido financiadas con la
subvención.
Artículo 18. Infracciones y sanciones administrativas
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y serán sancionadas incluso a título de
simple negligencia, conforme a la citada ley.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Ordenanza General entrará en vigor conforme al establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-
administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Cód.
Validación:
MF2GM93M3ZFNDW234SYK222QD
Verificación:
https://majadas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
11
de
11
CVE:
BOP-2024-2864
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de mayo de 2024
N.º 0099
Pág. 12057