Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2024-2815)
BOP-2024-2815 Aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización de Gimnasio Municipal. Normas reguladoras e imposición de dicha tasa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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encuentra ubicado en la zona de El Calvario en el recinto del Polideportivo en el T.M. de
Pinofranqueado.
Las instalaciones del gimnasio se regirán por las siguientes normas:
PRIMERA. Solicitudes.
La solicitud de inscripción deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento,
Plaza Reina Victoria, 1 Pinofranqueado (Cáceres), C.P. 10630, de lunes a viernes en horario
de atención al público, de 9:00 a 15:00 horas, o en la forma que determina el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, acompañando una fotocopia del DNI, el resguardo acreditativo de haber realizado el
ingreso del importe de la primera mensualidad.
El abono de las cuotas de los meses siguientes se realizará mediante ingreso a favor de este
Ayuntamiento, bien por transferencia bancaria o por recibo en efectivo efectuado en ventanilla
del Ayuntamiento. Dicho justificante de pago deberá presentarlo al/a encargado/a de las
instalaciones, que comprobará que se ha hecho efectiva dicha mensualidad.
El/a usuario/a deberá solicitar la baja en el servicio con un mes natural de antelación a la fecha
en que desee hacerla efectiva, en caso de que no lo hiciera en plazo, no tendrá derecho a
devolución de cuota alguna.
SEGUNDA. Horario.
El horario de las instalaciones será de 9:00 a 21:00, de lunes a viernes. No obstante, mediante
la publicación de bandos en la aplicación BandoMóvil, así como en el tablón de anuncios, se
comunicarán las posibles variaciones que puedan producirse y se fijará el nuevo horario de
utilización, por motivos de cierre por vacaciones, reparaciones, etc.
TERCERA. Derechos y obligaciones.
1. Para poder hacer uso de las instalaciones del gimnasio, hay que haber abonado la
correspondiente tasa establecida en la presente ordenanza para uso del Gimnasio. A tales
efectos, se deberá estar en posesión de la tarjeta de acceso. En caso de requerimiento por
parte del personal responsable designado por el Ayuntamiento, los/as usuarios/as tendrán la
obligación de justificar dicho pago.
2. Todos/as los/as usuarios/as estarán obligados/as a respetar las normas de uso de las
instalaciones. En caso de incumplimiento de éstas se le aplicará la sanción correspondiente.
CVE:
BOP-2024-2815
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
Pág. 11910
Pinofranqueado.
Las instalaciones del gimnasio se regirán por las siguientes normas:
PRIMERA. Solicitudes.
La solicitud de inscripción deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento,
Plaza Reina Victoria, 1 Pinofranqueado (Cáceres), C.P. 10630, de lunes a viernes en horario
de atención al público, de 9:00 a 15:00 horas, o en la forma que determina el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, acompañando una fotocopia del DNI, el resguardo acreditativo de haber realizado el
ingreso del importe de la primera mensualidad.
El abono de las cuotas de los meses siguientes se realizará mediante ingreso a favor de este
Ayuntamiento, bien por transferencia bancaria o por recibo en efectivo efectuado en ventanilla
del Ayuntamiento. Dicho justificante de pago deberá presentarlo al/a encargado/a de las
instalaciones, que comprobará que se ha hecho efectiva dicha mensualidad.
El/a usuario/a deberá solicitar la baja en el servicio con un mes natural de antelación a la fecha
en que desee hacerla efectiva, en caso de que no lo hiciera en plazo, no tendrá derecho a
devolución de cuota alguna.
SEGUNDA. Horario.
El horario de las instalaciones será de 9:00 a 21:00, de lunes a viernes. No obstante, mediante
la publicación de bandos en la aplicación BandoMóvil, así como en el tablón de anuncios, se
comunicarán las posibles variaciones que puedan producirse y se fijará el nuevo horario de
utilización, por motivos de cierre por vacaciones, reparaciones, etc.
TERCERA. Derechos y obligaciones.
1. Para poder hacer uso de las instalaciones del gimnasio, hay que haber abonado la
correspondiente tasa establecida en la presente ordenanza para uso del Gimnasio. A tales
efectos, se deberá estar en posesión de la tarjeta de acceso. En caso de requerimiento por
parte del personal responsable designado por el Ayuntamiento, los/as usuarios/as tendrán la
obligación de justificar dicho pago.
2. Todos/as los/as usuarios/as estarán obligados/as a respetar las normas de uso de las
instalaciones. En caso de incumplimiento de éstas se le aplicará la sanción correspondiente.
CVE:
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Verificable
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Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
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