Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2024-2809)
BOP-2024-2809 Convocatoria de Proceso selectivo para Secretario/a-Interventor/a interino/a.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3. Los cursos de formación mediante copia u original.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
SÉPTIMA. Selección de Candidatos/as y Propuesta de Nombramiento.
El tribunal de selección, tras calificar a los aspirantes y baremar los méritos alegados,
propondrá a la Corporación el candidato seleccionado y, de acuerdo con dicha propuesta, el
Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo al
órgano competente de la Comunidad Autónoma, que resolverá definitivamente.
OCTAVA. Constitución de relación de candidatos/as.
La bolsa de interinos/as se formará con los aspirantes que superen la fase de oposición y
según el orden de puntuación total obtenida tras la fase de concurso.
La Bolsa de interinos/as tendrá una vigencia máxima de 4 años contados a partir de la fecha de
su constitución y en tanto no se modifique la normativa sobre provisión de puestos de trabajo
de funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento interino.
El Presidente de la Corporación local propondrá a la Dirección General de Administración Local
el nombramiento del/a aspirante disponible que corresponda por el orden de la bolsa de
interinos. Los nombramientos y ceses de los/as funcionarios/as interinos/as se realizarán
conforme a la normativa estatal y autonómica aplicable
Se contactará por vía telefónica y correo electrónico con los/as aspirantes que figuren en
situación de «disponible» en la Bolsa, según el orden de puntuación, para que manifiesten a
través de correo electrónico del Ayuntamiento en el plazo de cuarenta y ocho horas su voluntad
de optar al puesto. El integrante de la Bolsa de interinos/as que obtenga un nombramiento
como funcionario/a interino/as/ se mantendrá en la Bolsa en situación de «no disponible».
La no contestación o renuncia a la selección para un puesto de trabajo supondrá el pase del
aspirante al último lugar de la Bolsa de interinos, salvo que existan causas justificadas que
hubieran impedido dar contestación al correo electrónico de comunicación de vacante a cubrir
interinamente. Si la renuncia se produce una vez se haya producido el nombramiento pero
antes de la toma de posesión en el correspondiente puesto, será excluido/a de la
correspondiente Bolsa de interinos/as. Igualmente, la negativa injustificada a ocupar un puesto
de trabajo por segunda vez supondrá la exclusión definitiva de la correspondiente Bolsa de
interinos/as.
CVE:
BOP-2024-2809
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
Pág. 11896
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
SÉPTIMA. Selección de Candidatos/as y Propuesta de Nombramiento.
El tribunal de selección, tras calificar a los aspirantes y baremar los méritos alegados,
propondrá a la Corporación el candidato seleccionado y, de acuerdo con dicha propuesta, el
Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo al
órgano competente de la Comunidad Autónoma, que resolverá definitivamente.
OCTAVA. Constitución de relación de candidatos/as.
La bolsa de interinos/as se formará con los aspirantes que superen la fase de oposición y
según el orden de puntuación total obtenida tras la fase de concurso.
La Bolsa de interinos/as tendrá una vigencia máxima de 4 años contados a partir de la fecha de
su constitución y en tanto no se modifique la normativa sobre provisión de puestos de trabajo
de funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento interino.
El Presidente de la Corporación local propondrá a la Dirección General de Administración Local
el nombramiento del/a aspirante disponible que corresponda por el orden de la bolsa de
interinos. Los nombramientos y ceses de los/as funcionarios/as interinos/as se realizarán
conforme a la normativa estatal y autonómica aplicable
Se contactará por vía telefónica y correo electrónico con los/as aspirantes que figuren en
situación de «disponible» en la Bolsa, según el orden de puntuación, para que manifiesten a
través de correo electrónico del Ayuntamiento en el plazo de cuarenta y ocho horas su voluntad
de optar al puesto. El integrante de la Bolsa de interinos/as que obtenga un nombramiento
como funcionario/a interino/as/ se mantendrá en la Bolsa en situación de «no disponible».
La no contestación o renuncia a la selección para un puesto de trabajo supondrá el pase del
aspirante al último lugar de la Bolsa de interinos, salvo que existan causas justificadas que
hubieran impedido dar contestación al correo electrónico de comunicación de vacante a cubrir
interinamente. Si la renuncia se produce una vez se haya producido el nombramiento pero
antes de la toma de posesión en el correspondiente puesto, será excluido/a de la
correspondiente Bolsa de interinos/as. Igualmente, la negativa injustificada a ocupar un puesto
de trabajo por segunda vez supondrá la exclusión definitiva de la correspondiente Bolsa de
interinos/as.
CVE:
BOP-2024-2809
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de mayo de 2024
N.º 0098
Pág. 11896