Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Rivera de Fresnedosa. (BOP-2024-2790)
BOP-2024-2790 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización del servicio de escenarios y carpa.
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Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad Rivera de Fresnedosa
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa
por utilización del servicio de escenarios y carpa.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario, de la aprobación provisional de esta
Mancomunidad, sobre imposición de la tasa por TASA POR UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE
ESCENARIOS Y CARPA DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS RIVERA DE
FRESNEDOSA, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se
hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE
ESCENARIOS Y CARPA DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS RIVERA DE
FRESNEDOSA.
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
1. En uso de las facultades que confieren los artículos 15 al 21 y 24 y 25 del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo; artículos 22.2.e), 47.1 y 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local y; artículo 6 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios
Públicos y artículo 26 de los vigentes Estatutos Mancomunales (D.O.E. 172 de fecha
06/09/2017), esta Mancomunidad establece la "TASA POR UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE
ESCENARIOS Y CARPA DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS RIVERA DE
FRESNEDOSA ", que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo
prevenido en los artículos 57 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Artículo 2. Objeto de la tasa y Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de la tasa: La actividad mancomunal de tramitación de
solicitudes, transporte, instalación, desmontaje, mantenimiento, y en su caso cesión, de
CVE:
BOP-2024-2790
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
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