Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-2785)
BOP-2024-2785 Bases para la provisión con Carácter Temporal, de nueve puestos de Socorristas Acuáticos/as y Cuatro Porteros/as para las piscinas del Excmo. Ayuntamiento de Trujillo. Temporada de baños 2024.
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similares características que los convocados.
El orden en que figurarán los/as candidatos/as vendrá determinada por la puntuación obtenida
en el conjunto del proceso selectivo, ordenada de mayor a menor puntuación.
La lista de espera, así como el régimen de su gestión, se hará de conformidad con lo previsto
en el artículo 29, Listas de Espera, del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 55/2023, de 24 de mayo, por el que se
modifica el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre.
BASE OCTAVA: PERÍODO DE PRUEBA.
Se establece un período de prueba de 15 días. Este período de prueba tendrá el carácter y
efectos que determina el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los/as Trabajadores/as.
BASE NOVENA.
Los actos administrativos que deriven de esta convocatoria y de la actuación de los Tribunales,
podrán ser impugnados en los casos y en la forma que establece la Ley de Régimen Jurídico y
Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I: MODELO DE INSTANCIA SOCORRISTAS ACUÁTICOS/AS
La persona que firma abajo solicita ser admitida en el proceso selectivo de las plazas de
SOCORRISTAS ACUÁTICOS/AS, a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son
ciertos los datos consignados en ella, que reúne las condiciones exigidas para el ingreso como
personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y no padece enfermedad ni defecto físico
que impida el desarrollo de las tareas propias del puesto de trabajo, así como que no ha sido
separado/a mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, CCAA ni Entidades
Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni está incurso/a en
causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.
CVE:
BOP-2024-2785
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11827
El orden en que figurarán los/as candidatos/as vendrá determinada por la puntuación obtenida
en el conjunto del proceso selectivo, ordenada de mayor a menor puntuación.
La lista de espera, así como el régimen de su gestión, se hará de conformidad con lo previsto
en el artículo 29, Listas de Espera, del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 55/2023, de 24 de mayo, por el que se
modifica el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre.
BASE OCTAVA: PERÍODO DE PRUEBA.
Se establece un período de prueba de 15 días. Este período de prueba tendrá el carácter y
efectos que determina el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los/as Trabajadores/as.
BASE NOVENA.
Los actos administrativos que deriven de esta convocatoria y de la actuación de los Tribunales,
podrán ser impugnados en los casos y en la forma que establece la Ley de Régimen Jurídico y
Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO I: MODELO DE INSTANCIA SOCORRISTAS ACUÁTICOS/AS
La persona que firma abajo solicita ser admitida en el proceso selectivo de las plazas de
SOCORRISTAS ACUÁTICOS/AS, a que se refiere la presente instancia y DECLARA que son
ciertos los datos consignados en ella, que reúne las condiciones exigidas para el ingreso como
personal laboral temporal del Ayuntamiento de Trujillo y no padece enfermedad ni defecto físico
que impida el desarrollo de las tareas propias del puesto de trabajo, así como que no ha sido
separado/a mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, CCAA ni Entidades
Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni está incurso/a en
causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.
CVE:
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Verificable
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