Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navas del Madroño. (BOP-2024-2778)
BOP-2024-2778 Aprobación definitiva Programa de Activación para el Empleo Local 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad
vecinal mediante el ejercicio de competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y
gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección
pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la
edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los
residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y
atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas
residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar
con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares
necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación,
CVE:
BOP-2024-2778
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
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Reguladora de las Bases de Régimen Local – en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los
servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad
vecinal mediante el ejercicio de competencias propias, en materias como:
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y
gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección
pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la
edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los
residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y
atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas
residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a
personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar
con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares
necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación,
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