Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-2756)
BOP-2024-2756 Bases Subvenciones concurrencia competitiva cultura 2024.
28 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Memoria de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
Memoria del coste de la totalidad del proyecto con desglose de cada uno de los
gastos.
Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
Dossier de los elementos de publicidad del proyecto, donde se refleje claramente la
financiación.
Facturas originales, justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se
admitirán pagos en metálico.
Especificación del medio de pago. Los pagos con tarjeta deberán acompañarse del justificante
de pago y copia del cargo efectuado en la cuenta bancaria de los/as beneficiarios/as de la
subvención.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del/la
beneficiario/a.
Datos identificativos del destinatario/a, que deberá ser la entidad subvencionada.
Fecha de emisión y número de factura. (En este punto se exigirá que la fecha de
emisión sea el año 2023).
Importe total. Si figuran varios artículos deberán desglosarse y describirse cada uno de
ellos.
En las facturas constará el "recibí", firmado y sellado, acreditativo de que se ha
efectuado el abono de su importe por la entidad subvencionada, así como la aplicación
del IVA.
Base imponible, tipo de IVA, importe del IVA e importe total de la factura. En los
supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá
certificación acreditativa de esta exención.
BASE DECIMOTERCERA.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo de la justificación de la subvención será de un mes a partir de la fecha de finalización
del proyecto o de la actividad subvencionada o de la concesión de la subvención si se hubiera
realizado, no pudiendo exceder del 30 de noviembre de 2024.
No obstante, el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo
establecido para la presentación de la justificación, siempre que con ello no se perjudiquen los
CVE:
BOP-2024-2756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
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Memoria del coste de la totalidad del proyecto con desglose de cada uno de los
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Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
Dossier de los elementos de publicidad del proyecto, donde se refleje claramente la
financiación.
Facturas originales, justificantes de pago y demás documentos de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No se
admitirán pagos en metálico.
Especificación del medio de pago. Los pagos con tarjeta deberán acompañarse del justificante
de pago y copia del cargo efectuado en la cuenta bancaria de los/as beneficiarios/as de la
subvención.
En las facturas deberán recogerse los datos siguientes:
Nombre, razón social, NIF de la empresa que factura y razón social del/la
beneficiario/a.
Datos identificativos del destinatario/a, que deberá ser la entidad subvencionada.
Fecha de emisión y número de factura. (En este punto se exigirá que la fecha de
emisión sea el año 2023).
Importe total. Si figuran varios artículos deberán desglosarse y describirse cada uno de
ellos.
En las facturas constará el "recibí", firmado y sellado, acreditativo de que se ha
efectuado el abono de su importe por la entidad subvencionada, así como la aplicación
del IVA.
Base imponible, tipo de IVA, importe del IVA e importe total de la factura. En los
supuestos de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá
certificación acreditativa de esta exención.
BASE DECIMOTERCERA.- PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.
El plazo de la justificación de la subvención será de un mes a partir de la fecha de finalización
del proyecto o de la actividad subvencionada o de la concesión de la subvención si se hubiera
realizado, no pudiendo exceder del 30 de noviembre de 2024.
No obstante, el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo
establecido para la presentación de la justificación, siempre que con ello no se perjudiquen los
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
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