Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-2756)
BOP-2024-2756 Bases Subvenciones concurrencia competitiva cultura 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las cantidades de cada uno de los intervalos son las máximas a obtener. En ningún caso se
subvencionará más del 75% del presupuesto del proyecto presentado. Los proyectos
subvencionados serán aquellos que obtengan una puntuación mínima de 100 puntos.
BASE DÉCIMA.- SUBCONTRATACIÓN.
El/la beneficiario/a podrá subcontratar hasta un máximo 50% del importe de la actividad
subvencionada, en los términos del artículo 27 de la Ordenanza General de Subvenciones del
Ayuntamiento de Cáceres.
BASE UNDÉCIMA.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN.
El reconocimiento de la obligación y la ordenación del pago de la subvención se realizará
previa justificación por el/la beneficiario/a de la realización de la actividad o proyecto
subvencionado.
BASE DUODÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en la concesión de la subvención se documentará a través de la rendición
de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del/la beneficiario/a. La cuenta
justificativa deberá contener la siguiente documentación:
160 3.328
165 3.522
170 3.716
175 3.910
180 4.104
185 4.298
>190 4.500
CVE:
BOP-2024-2756
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 22 de mayo de 2024
N.º 0097
Pág. 11729
subvencionará más del 75% del presupuesto del proyecto presentado. Los proyectos
subvencionados serán aquellos que obtengan una puntuación mínima de 100 puntos.
BASE DÉCIMA.- SUBCONTRATACIÓN.
El/la beneficiario/a podrá subcontratar hasta un máximo 50% del importe de la actividad
subvencionada, en los términos del artículo 27 de la Ordenanza General de Subvenciones del
Ayuntamiento de Cáceres.
BASE UNDÉCIMA.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN.
El reconocimiento de la obligación y la ordenación del pago de la subvención se realizará
previa justificación por el/la beneficiario/a de la realización de la actividad o proyecto
subvencionado.
BASE DUODÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los
objetivos previstos en la concesión de la subvención se documentará a través de la rendición
de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del/la beneficiario/a. La cuenta
justificativa deberá contener la siguiente documentación:
160 3.328
165 3.522
170 3.716
175 3.910
180 4.104
185 4.298
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