Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2024-2713)
BOP-2024-2713 Aprobación inicial de la ordenanza de concesión de Subvenciones.
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A Y U N T A M I E N T O
D E
EL GORDO
Exp. 2024/0098
Plaza de la Constitución, 1  10392 El Gordo (Cáceres)  Telf: 927 78 07 00  email: ayuntamiento@aytoelgordo.es
aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros
específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de
garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
h) Dar la adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas,
actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los
términos reglamentariamente establecidos.
i) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al
reintegro de la cuantía recibida.
ARTÍCULO 9. Cuantía
Con carácter general, y salvo que la Ordenanza específica disponga lo contrario, las
subvenciones que otorgue el Ayuntamiento en régimen de concurrencia competitiva no podrán
superar el 100% del coste de la actuación subvencionada.
La concesión de subvenciones por el Ayuntamiento será compatible con cualquier otro
tipo de subvención o ayuda.
En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o
en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada.
ARTÍCULO 10. Justificación y Cobro
La justificación se llevará a cabo teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 30 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para percibir la subvención será necesario presentar al Ayuntamiento, la siguiente
documentación:
— Instancia suscrita por el beneficiario dirigida al Alcalde, solicitando el pago de la
subvención, indicando el número de cuenta al cual se haya de efectuar la transferencia.
— Memoria de la actividad realizada donde al menos deberá constar identificación del
responsable, número de participantes, actividades realizadas, actividades fuera de la localidad
donde participa, resultado de la valoración global y propuesta de trabajo para el futuro.
— Facturas originales o fotocopias compulsadas de las facturas justificativas del gasto o
copias compulsadas.
— Justificantes del pago de las facturas aportadas.
— Declaración acreditativa de que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la
subvención.
— Certificados acreditativos de que el beneficiario se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
La documentación justificativa deberá presentarse en el plazo de un mes desde la finalización de
la actividad subvencionada, salvo que en la convocatoria se establezca otro específico.
Cód.
Validación:
AS9ZJEH3PK3YNW9WDNXS9ACSN
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-2713
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 21 de mayo de 2024
N.º 0096
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