Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-2689)
BOP-2024-2689 Licitación para la adjudicación del contrato de aprovechamiento de los pastos de la "Dehesa Boyal" de Majadas (CUP n.º 81).
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Ayuntamiento de Majadas de Tiétar
Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
F) Licencia de Aprovechamiento.
Adjudicado el aprovechamiento y firmado el contrato correspondiente se procederá anualmente a
la obtención de la licencia, requisito imprescindible para iniciar la ejecución del aprovechamiento.
Dentro de los treinta días siguientes al de la expedición de la licencia tendrá lugar el acto de
entrega del aprovechamiento, levantándose de dicha operación un acta (Acta entrega conforme al
"Articulo 9 del Pliego general de Condiciones Técnico-Facultativas para regular los disfrutes en
montes a cargo de la Administración Forestal (BOE 21/08/1975).
El plazo de ejecucíon del aprovechamiento será desde el día siguiente a la firma del acta de entrega
hasta el 30 de septiembre siguiente. Las siguientes temporadas comprenden desde el 1 de octubre
al 30 de septiembre. El aprovechamiento finalizará, en todo caso, el 30 DE SEPTIEMBRE DE 2030.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal concederá la Licencia de Aprovechamiento al
adjudicatario, que constituye el único y definitivo documento para iniciar el aprovechamiento junto
con el Acta de entrega, una vez éste haya entregado el documento que se indica en el punto 1 y
haya satisfecho y justifique los distintos abonos que se detallan a continuación:
1) Copia del Contrato del aprovechamiento
2) Tasas en concepto de prestación de servicios facultativos en materia forestal, por un
importe (€) de 243,92 €
3) El primer pago del 15 % del importe de la primera anualidad completa correspondiente
al Fondo de Mejoras, según lo establecido en el Decreto 32/2018. A estos efectos, el
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal cumplimentará debidamente los modelos
050 a ingresar por el adjudicatario.
4) El pago correspondiente al precio de adjudicación indicado en el pliego de condiciones
económicas, acreditado mediante certificación del Sr. Secretario de la entidad
propietaria (art. 52 del PGCTF).
Independientemente del posible fraccionamiento de los pagos anuales en otras unidades
menores, el abono del importe del Fondo de Mejoras se efectuará de una sola vez para
cada anualidad, sin cuya justificación no se extenderá la licencia anual de aprovechamiento.
Efectuado el ingreso, el adjudicatario deberá devolver una copia de cada modelo 050 al
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal con la preceptiva certificación mecánica o en su
defecto firma autorizada de la Entidad Financiera Colaboradora.
La liquidación de Tasas y Fondo de Mejoras, deben ser justificados al Servicio de
Ordenación y Gestión Forestal en el plazo de un mes desde la recepción de los modelos
050.
Considerando que el importe anual correspondiente al Fondo de Mejoras forma parte del
precio del contrato, podrá el Ayuntamiento, siempre que así lo pacten las partes, sustituir al
adjudicatario en lo referente al abono del citado importe a la Junta de Extremadura y su
justificación ante el órgano competente, no pudiendo en tal caso el adjudicatario minorar
por dicho concepto los pagos anuales que debe efectuar al Ayuntamiento de Majadas.
El aprovechamiento podrá ser suspendido temporal o totalmente por circunstancias extraordinarias
de fuerza mayor, así como por incumplimiento del presente Pliego o de las instrucciones que, en su
caso, puedan ser emitidas por la Dirección del aprovechamiento. Para ello, se requiere el
levantamiento de un Acta de Suspensión, firmado por el director del aprovechamiento y el
adjudicatario.
En caso de incumplimiento del plazo por causa imputable al adjudicatario, la Administración podrá
optar por la resolución del contrato o por la imposición de las penalizaciones recogidas en la LCSP.
Cód.
Validación:
A44RWD93XSNWDSDTJ2EKYMPPF
Verificación:
https://majadas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-2689
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de mayo de 2024
N.º 0095
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