Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-2689)
BOP-2024-2689 Licitación para la adjudicación del contrato de aprovechamiento de los pastos de la "Dehesa Boyal" de Majadas (CUP n.º 81).
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Ayuntamiento de Majadas de Tiétar
Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser
publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de 15 días a contar desde el siguiente al de
apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Pago
El licitador que resulte adjudicatario, mediante ingreso en la Tesorería Municipal, efectuará el pago
correspondiente al precio derivado de este contrato, en dos pagos anuales de igual cuantía
conforme a los siguientes plazos:
Primer año: El 50% del importe correspondiente al aprovechamiento del primer año, se ingresará
en la Tesorería Municipal en el plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación,
y ello siempre con carácter previo a la formalización del contrato. y el 50% restante será satisfecho
por el adjudicatario con anterioridad al 31 DE MAYO DE 2025.
En caso de no efectuarse el primer pago en la forma prevista en el apartado anterior el licitador
decaerá en su derecho, con pérdida del depósito previo.
Años sucesivos: El importe correspondiente al aprovechamiento de los sucesivos años, se
ingresará en la Tesorería Municipal en dos pagos anuales, el primero de ellos, antes del 15 DE
OCTUBRE de cada año, y el segundo de ellos, antes del 31 DE MAYO de cada año.
La valoración del aprovechamiento se hace por valor unitario de hectárea aprovechable en el
monte. Los precios indicados son sin IVA, ya que los aprovechamientos forestales de pastos no
están gravados con este impuesto.
Se tendrá en cuenta el PERIODO EFECTIVO DEL APROVECHAMIENTO desde la fecha de la
adjudicación, de tal forma que, en caso de no poderse iniciar por causas administrativas el 1 de
octubre, se abonará la parte proporcional a dicho periodo sobre el total.
El precio de adjudicación se fija único para cada una de las temporadas, según la Ley 2/2015, de
indexación de la economía española (B.O.E. nº 77, de 31 de marzo de 2.015).
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Consideraciones y Derechos y Obligaciones del
Adjudicatario
Los derechos y obligaciones del adjudicatario son los que nacen del Pliego de Condiciones
Económico-Administrativas y del Pliego General de Condiciones Técnico–Facultativas redactado por
el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y
Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura para el
aprovechamiento, que formarán parte del contrato que se firma, que tendrán carácter contractual, y
del contrato firmado entre las partes, así como los derivados de la Legislación aplicable.
A) Consideraciones Generales.
Para la regulación del Aprovechamiento de Pastos en el Monte "DEHESA BOYAL" catalogado de
Utilidad Pública con el número 81 de la provincia de Cáceres, propiedad del Ayuntamiento de
Majadas de Tiétar y situado en el mencionado término municipal, será de aplicación lo establecido
por la Ley 43/03, de 21 de noviembre, de Montes (modificada por la Ley 10/2006, de 28 de
abril y Ley 21/2015, de 20 de Julio) y el Reglamento de Montes, aprobado por Decreto
485/1962, en lo que no se oponga a la citada ley, así como el Decreto 32/2018, de 20 de
marzo, por el que se regula el Fondo de Mejoras (FM) en Montes Catalogados de Utilidad Pública
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cód.
Validación:
A44RWD93XSNWDSDTJ2EKYMPPF
Verificación:
https://majadas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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6
de
13
CVE:
BOP-2024-2689
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de mayo de 2024
N.º 0095
Pág. 11446
Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser
publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de 15 días a contar desde el siguiente al de
apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Pago
El licitador que resulte adjudicatario, mediante ingreso en la Tesorería Municipal, efectuará el pago
correspondiente al precio derivado de este contrato, en dos pagos anuales de igual cuantía
conforme a los siguientes plazos:
Primer año: El 50% del importe correspondiente al aprovechamiento del primer año, se ingresará
en la Tesorería Municipal en el plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la adjudicación,
y ello siempre con carácter previo a la formalización del contrato. y el 50% restante será satisfecho
por el adjudicatario con anterioridad al 31 DE MAYO DE 2025.
En caso de no efectuarse el primer pago en la forma prevista en el apartado anterior el licitador
decaerá en su derecho, con pérdida del depósito previo.
Años sucesivos: El importe correspondiente al aprovechamiento de los sucesivos años, se
ingresará en la Tesorería Municipal en dos pagos anuales, el primero de ellos, antes del 15 DE
OCTUBRE de cada año, y el segundo de ellos, antes del 31 DE MAYO de cada año.
La valoración del aprovechamiento se hace por valor unitario de hectárea aprovechable en el
monte. Los precios indicados son sin IVA, ya que los aprovechamientos forestales de pastos no
están gravados con este impuesto.
Se tendrá en cuenta el PERIODO EFECTIVO DEL APROVECHAMIENTO desde la fecha de la
adjudicación, de tal forma que, en caso de no poderse iniciar por causas administrativas el 1 de
octubre, se abonará la parte proporcional a dicho periodo sobre el total.
El precio de adjudicación se fija único para cada una de las temporadas, según la Ley 2/2015, de
indexación de la economía española (B.O.E. nº 77, de 31 de marzo de 2.015).
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Consideraciones y Derechos y Obligaciones del
Adjudicatario
Los derechos y obligaciones del adjudicatario son los que nacen del Pliego de Condiciones
Económico-Administrativas y del Pliego General de Condiciones Técnico–Facultativas redactado por
el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y
Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura para el
aprovechamiento, que formarán parte del contrato que se firma, que tendrán carácter contractual, y
del contrato firmado entre las partes, así como los derivados de la Legislación aplicable.
A) Consideraciones Generales.
Para la regulación del Aprovechamiento de Pastos en el Monte "DEHESA BOYAL" catalogado de
Utilidad Pública con el número 81 de la provincia de Cáceres, propiedad del Ayuntamiento de
Majadas de Tiétar y situado en el mencionado término municipal, será de aplicación lo establecido
por la Ley 43/03, de 21 de noviembre, de Montes (modificada por la Ley 10/2006, de 28 de
abril y Ley 21/2015, de 20 de Julio) y el Reglamento de Montes, aprobado por Decreto
485/1962, en lo que no se oponga a la citada ley, así como el Decreto 32/2018, de 20 de
marzo, por el que se regula el Fondo de Mejoras (FM) en Montes Catalogados de Utilidad Pública
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cód.
Validación:
A44RWD93XSNWDSDTJ2EKYMPPF
Verificación:
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Lunes, 20 de mayo de 2024
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