Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2024-2687)
BOP-2024-2687 Proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Visto que donde dice lo anteriormente expuesto debe decir:
“DÉCIMA. - Presentación de documentación.
10.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales
de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que
el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la
documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución
judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar
igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso a la función pública.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria se dedujese que carecen de
alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los
mismos, quedaran anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que
pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.”
Examinados los antecedentes y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
Cód.
Validación:
7TNCGQRZ4ATYZEGY277666GK7
Verificación:
https://ceclavin.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-2687
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 20 de mayo de 2024
N.º 0095
Pág. 11432
“DÉCIMA. - Presentación de documentación.
10.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales
de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por
las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que
el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las Bases específicas, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la
documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución
judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar
igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el
acceso a la función pública.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria se dedujese que carecen de
alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los
mismos, quedaran anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que
pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.”
Examinados los antecedentes y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
Cód.
Validación:
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N.º 0095
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