Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Santa Bárbara. (BOP-2024-2643)
BOP-2024-2643 Provisión de una plaza de Administrativo/a. Laboral Fijo.
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que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en las Base Tercera,
referidas al día en que concluya el plazo de presentación de instancias, se dirigirán a la
Alcaldía de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro General del mismo o en los
lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 20 días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado. La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial
de la Provincia.
Junto con las instancias deberán presentarse los documentos justificativos de los méritos
aducidos por los/as aspirantes, en los términos expuestos en la Base 7ª. A estos efectos,
presentarán, en cualquiera de los registros del Ayuntamiento o en los lugares que determina el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
4.2. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución, en el plazo
máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, la
cual se adoptará en atención a lo declarado por los/as aspirantes. Dicha resolución, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y
complementariamente y sin carácter oficial en la página web del Ayuntamiento:
www.guijodesantabarbara.es
indicará el plazo de 10 días hábiles para subsanación de defectos por los/as aspirantes
excluidos/as. Asimismo, en dicho plazo se podrá presentar cualquier reclamación pertinente
por los/as interesados/as.
Serán subsanables los errores de hecho, señalados en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el
artículo 14.3 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, como son los datos
personales del/a interesado/a, lugar señalado a efectos de notificaciones, fecha, firma u órgano
al que se dirige.
No será subsanable, por afectar al contenido esencial de la propia solicitud del sistema
selectivo, al plazo de caducidad o a la carencia de actuaciones esenciales:
No hacer constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos de capacidad
exigidos en las Bases.
Presentar la solicitud de forma extemporánea, ya sea antes o después del plazo
correspondiente.
CVE:
BOP-2024-2643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
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