Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Santa Bárbara. (BOP-2024-2643)
BOP-2024-2643 Provisión de una plaza de Administrativo/a. Laboral Fijo.
16 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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e) De 15 o más horas: 0’20 puntos.
Sólo se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por la Universidad,
Organismos Oficiales, Institutos o Escuelas Oficiales de Funcionarios/as, u otras Entidades
Públicas, así como los impartidos por Centrales Sindicales, siempre que hubieran sido
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública u otra Administración Pública
competente.
Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como Jornadas, Mesas
Redondas, Encuentros, Debates u otras análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los
seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que
los cursos. Tampoco se valorarán los cursos de formación que no indiquen expresamente el
número de horas de duración del mismo.
7.3. Puntuación final del concurso-oposición.
Con independencia de los límites parciales establecidos, la puntuación total de la fase de
concurso no podrá superar los 10 puntos.
Baremados los méritos, el tribunal expondrá al público la lista de los/as aspirantes con la
puntuación obtenida en esta fase, así como la de aprobados/as por orden de puntuación total,
concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para que formulen las reclamaciones y alegaciones
que estimen pertinentes en relación con la baremación.
La puntuación final vendrá determinada por la suma de la puntuación de la fase de oposición y
la de concurso. En caso de empate se decidirá a favor del/a aspirante que haya obtenido más
puntuación en la fase de oposición, y en caso de persistir el empate se decidirá por sorteo. La
lista se hará pública, en el tablón anuncios de este Ayuntamiento y en su sitio web.
Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera (en su caso):
1. Primero: por la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición;
2. Segundo: por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios que
componen la fase oposición, por orden de realización de cada uno de ellos;
3. Tercero: por la mayor puntuación alcanzada en el apartado del baremo de méritos
relativo a “experiencia";
4. Cuarto: por la mayor puntuación alcanzada en el apartado del baremo de méritos
relativo a "formación relativa al puesto".
CVE:
BOP-2024-2643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11272
Sólo se valorarán estos cursos si fueron convocados u organizados por la Universidad,
Organismos Oficiales, Institutos o Escuelas Oficiales de Funcionarios/as, u otras Entidades
Públicas, así como los impartidos por Centrales Sindicales, siempre que hubieran sido
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública u otra Administración Pública
competente.
Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como Jornadas, Mesas
Redondas, Encuentros, Debates u otras análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los
seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que
los cursos. Tampoco se valorarán los cursos de formación que no indiquen expresamente el
número de horas de duración del mismo.
7.3. Puntuación final del concurso-oposición.
Con independencia de los límites parciales establecidos, la puntuación total de la fase de
concurso no podrá superar los 10 puntos.
Baremados los méritos, el tribunal expondrá al público la lista de los/as aspirantes con la
puntuación obtenida en esta fase, así como la de aprobados/as por orden de puntuación total,
concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para que formulen las reclamaciones y alegaciones
que estimen pertinentes en relación con la baremación.
La puntuación final vendrá determinada por la suma de la puntuación de la fase de oposición y
la de concurso. En caso de empate se decidirá a favor del/a aspirante que haya obtenido más
puntuación en la fase de oposición, y en caso de persistir el empate se decidirá por sorteo. La
lista se hará pública, en el tablón anuncios de este Ayuntamiento y en su sitio web.
Los casos de empate que se produzcan se dirimirán de la siguiente manera (en su caso):
1. Primero: por la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición;
2. Segundo: por la mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios que
componen la fase oposición, por orden de realización de cada uno de ellos;
3. Tercero: por la mayor puntuación alcanzada en el apartado del baremo de méritos
relativo a “experiencia";
4. Cuarto: por la mayor puntuación alcanzada en el apartado del baremo de méritos
relativo a "formación relativa al puesto".
CVE:
BOP-2024-2643
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Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11272