Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aliseda. (BOP-2024-2627)
BOP-2024-2627 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aliseda
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN
LA RESIDENCIA MIXTA MUNICIPAL Y CENTRO DE DÍA ANGELITA OLGADO, Y DEL
SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDA A DOMICILIO DE ALISEDA.
Artículo 1.- Concepto.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 v) del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este
Ayuntamiento establece la TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA RESIDENCIA
MIXTA Y CENTRO DE DIA ANGELITA OLGADO Y SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDA A
DOMICILIO que se regulara por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en
el artículo 16 de la Ley 39/88 citada.
La prestación pecuniaria que se satisfaga por este concepto tiene la consideración de tasa,
porque la actividad administrativa correspondiente si bien es de solicitud o recepción voluntaria,
no es prestada en esta localidad por el sector privado, todo ello a tenor de lo establecido en el
art. 20.1 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Dicha Tasa se regirá por la presente Ordenanza, el Reglamento de Régimen interior del Centro
Residencial y Centro de Mayores, aprobados por este Ayuntamiento y demás normativa
aplicable para su desarrollo.
ARTÍCULO 2.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de este tributo la prestación de los servicios residenciales, centro
de día y comida a domicilio prestados en la forma y condiciones previstos en la presente
ordenanza.
CVE:
BOP-2024-2627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11186
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aliseda
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN
LA RESIDENCIA MIXTA MUNICIPAL Y CENTRO DE DÍA ANGELITA OLGADO, Y DEL
SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDA A DOMICILIO DE ALISEDA.
Artículo 1.- Concepto.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 v) del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este
Ayuntamiento establece la TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA RESIDENCIA
MIXTA Y CENTRO DE DIA ANGELITA OLGADO Y SERVICIO MUNICIPAL DE COMIDA A
DOMICILIO que se regulara por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en
el artículo 16 de la Ley 39/88 citada.
La prestación pecuniaria que se satisfaga por este concepto tiene la consideración de tasa,
porque la actividad administrativa correspondiente si bien es de solicitud o recepción voluntaria,
no es prestada en esta localidad por el sector privado, todo ello a tenor de lo establecido en el
art. 20.1 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Dicha Tasa se regirá por la presente Ordenanza, el Reglamento de Régimen interior del Centro
Residencial y Centro de Mayores, aprobados por este Ayuntamiento y demás normativa
aplicable para su desarrollo.
ARTÍCULO 2.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de este tributo la prestación de los servicios residenciales, centro
de día y comida a domicilio prestados en la forma y condiciones previstos en la presente
ordenanza.
CVE:
BOP-2024-2627
Verificable
en:
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Viernes, 17 de mayo de 2024
N.º 0094
Pág. 11186