Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. (BOP-2024-2615)
BOP-2024-2615 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del ICIO.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora
del ICIO.
Acuerdo del Pleno de la Entidad de Torrecillas de la Tiesa por el que se aprueba
definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del ICIO. Al no haberse
presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente
elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora del ICIO, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Se acuerda por el Pleno de la Corporación por mayoría absoluta la modificación de la
ordenanza fiscal reguladora del ICIO, en concreto en su artículo 7. Cuota Tributaria, dando la
siguiente nueva redacción: “La cuota del Impuesto será el resultado de aplicar a la base
imponible el tipo de gravamen que se fija en el 1%, con un importe mínimo de 50 euros". Se
transcribe a continuación el texto íntegro de la Ordenanza Fiscal del ICIO una vez aplicada la
modificación:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES,
INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.)
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15.1 en concordancia con el artículo 59.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, establece el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y su
ordenación que se que se regirá por la presente Ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo
previsto en los artículos 100 a 103 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
CVE:
BOP-2024-2615
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de mayo de 2024
N.º 0093
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