Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Granadilla. (BOP-2024-2536)
BOP-2024-2536 Reglamento de régimen interno del Centro de Día.
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Artículo 29.- En caso de que el/la usuario/a decidiera cursar su baja de forma voluntaria en el
Centro por cualquier motivo, deberá ponerlo en conocimiento de la Dirección del mismo con
una antelación mínima de quince días.
Artículo 30.- La baja del usuario/a, cualquiera que fuera la causa, salvo que fuera por
fallecimiento, no implicará la devolución de la parte no consumida de la mensualidad abonada,
quedando ésta, por tanto, en poder del Centro.
Artículo 31.- El precio de la estancia se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en
curso a través de domiciliación bancaria.
Artículo 32.- No se descuentan de la mensualidad los períodos en los que el/la usuario/a por
cualquier motivo, vacaciones, fines de semana, ingresos hospitalarios, etc., se ausentara del
Centro.
Artículo 33.- Cualquier variación que afecte a la declaración de ingresos del usuario/a de los
servicios del Centro de Día de Zarza de Granadilla deberá ponerlo en conocimiento del
responsable/titular del Centro (Ayuntamiento), en cuanto ésta tenga lugar.
Artículo 34.- En caso de que el usuario no disponga de cobertura sanitaria, será de su cuenta
los gastos médicos que precise, transporte en ambulancia, gastos de internamiento en centros
hospitalarios, radiografías, consultas externas, etc.
En caso de traslado, si la familia no pudiera acompañar al usuario/a, se dispondrá de un
acompañamiento organizado por el Centro, haciéndose cargo la familia o el/la usuario/a de los
gastos originados por tal motivo.
TÍTULO IV. DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO
CAPÍTULO I.- DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA
Artículo 35.- Los/as usuarios/as no podrán traer al centro alimentos de ninguna naturaleza,
gases tóxicos u otros productos químicos, etc., que deterioren el mobiliario o puedan dar lugar
a intoxicaciones o enfermedades.
Artículo 36.- En las zonas comunes (comedor, sala de estar, etc.), se estará en ropa de calle.
Artículo 37.- Cualquier objeto que se encuentre, entréguelo al personal del centro
inmediatamente.
CVE:
BOP-2024-2536
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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