Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zarza de Granadilla. (BOP-2024-2536)
BOP-2024-2536 Reglamento de régimen interno del Centro de Día.
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2. La comisión de evaluación y seguimiento, que estará compuesta por:
El Alcalde-Presidente o concejal delegado.
Un miembro por cada grupo político en representación en el Ayuntamiento. Uno de ellos
será obligatoriamente el concejal de Asuntos Sociales.
El/la Trabajador/a Social del S.S.B., que participará como personal técnico.
El adjudicatario del servicio, que asistirá a la comisión con voz pero sin voto.
El/la Secretario/a del Ayuntamiento, que actuará como técnico/a de asesoramiento y
fedatario.
El número de representantes de este órgano directivo será siempre impar.
La comisión de Evaluación y Seguimiento quedará constituida en primera convocatoria, cuando
se encuentren presente la mitad más uno de sus miembros, y, en segunda, transcurridas, al
menos cuarenta y ocho horas, en cuyo caso se entenderá válidamente constituida con
cualquiera que sea el número de asistentes.
La convocatoria la realizará el Presidente con una antelación mínima de 48 horas, señalando el
orden del día, lugar y hora de la reunión.
Los acuerdos del Órgano Directivo se adoptarán por mayoría simple, decidiendo en caso de
empate el voto del Presidente/a.
Se levantará de las sesiones, en la que figurarán los asistentes a la reunión, desarrollo del
orden del día y acuerdos tomados.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario una vez por trimestre y, con carácter
extraordinario, cuantas veces se considere necesario, o siempre que exista mayoría simple o lo
soliciten por escrito el 25% de los usuarios.
Artículo 23.- La Comisión de Evaluación y Seguimiento de este Centro de Zarza de Granadilla
tendrá que ser oída cuando se propongan cambios en la gestión del Centro en general y cuya
decisión competa a otras instancias. Así mismo decidirá sobre aquellos aspectos organizativos
recogidos en este reglamento y que deban ser detallados y sobre otros asuntos no recogidos
en el mismo y que no sean competencias de otras instancias. Expresamente dará su parecer
en lo referente a la imposición de sanciones a los usuarios del Centro, que en los casos de
CVE:
BOP-2024-2536
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de mayo de 2024
N.º 0089
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