Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-2443)
BOP-2024-2443 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización de los Albergues Municipales de San Isidro.
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Artículo 9.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones y sanciones, además de lo previsto en esta
Ordenanza, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y demás normativa legal
aplicable.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Los importes de las tasas incluidas aquí, serán revisadas anualmente conforme al IPC general
publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Dicha aplicación podrá dejarse sin efecto en
aquellas tasas cuyo incremento pueda generar incidencias en el normal funcionamiento de los
servicios municipales.
DISPOSICIÓN FINAL.
Primera. Normativa aplicable.
En lo no previsto en esta ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria, en
las disposiciones dictadas en desarrollo de la misma y normativa de general aplicación.
Segunda. Publicidad.
Además de la publicación en el BOP, se publicará a efectos de publicidad y transparencia en la
sede electrónica del Ayuntamiento:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/info.0
la denominación de la misma: la fecha de aprobación inicial y definitiva, así como el resto de
modificaciones que se realicen.
Tercera. Entrada en vigor.
La presente ordenanza fiscal entrará en vigor, comenzando a aplicarse, el día siguiente de su
completa publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres permaneciendo vigente hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
CVE:
BOP-2024-2443
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de mayo de 2024
N.º 0086
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