Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-2440)
BOP-2024-2440 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Utilización del Servicio de Escuela Infantil Municipal.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
reguladora de la Tasa por Utilización del Servicio de Escuela Infantil Municipal.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado en sesión
extraordinaria celebrada el día 26 de Marzo de 2024 de este Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización del
servicio de escuela infantil municipal del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres (Cáceres)
cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento de los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen
Local y 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Artículo 3. Prestación del servicio.
3.1. Los servicios se prestarán de lunes a viernes, durante los 12 meses del año, sin perjuicio
de la interrupción en los días festivos. El calendario escolar se aprobará todos los años en el
mes de junio y se comunicará debidamente a los/as padres/madres.
3.2. El horario de apertura será continuado desde las 7:30 hasta las 15:30 horas, siendo el
horario básico desde las 9:00 hasta las 14:00 horas.
Los/as progenitores/as podrán ampliar este horario con horas adicionales al horario básico de 5
horas. A efectos de la tasa se computará como mínimo 5 horas, pudiendo añadir horas
adicionales hasta el máximo de 8 horas.
3.3. El servicio de comedor será opcional.
Artículo 5. Beneficiarios/as y solicitud del servicio.
5.1. Podrán ser beneficiarios/as del servicio los/as menores comprendidos entre 0 y 3 años de
edad. Para la concesión de la plaza, en el caso de niños/as que hayan estado matriculados/as
en el curso anterior, es preceptivo estar al día en el pago de todas las mensualidades.
CVE:
BOP-2024-2440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de mayo de 2024
N.º 0086
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