Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2024-2439)
BOP-2024-2439 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
ANUNCIO. Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal
reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado en sesión
extraordinaria celebrada el día 26 de Marzo de 2024 de este Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre el
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del Ayuntamiento de Malpartida de
Cáceres (Cáceres) para modificar su art. 5.4 Base Imponible y adaptarlo al artículo 24 del Real
Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las
consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente
Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía (BOE nº310, de 28 de diciembre de
2023) y añadir una DISPOSICIÓN FINAL tercera. Entrada en vigor, de forma que su texto
íntegro se hace público en cumplimiento de los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local y
17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De forma que los importes máximos de los coeficientes a aplicar desde la entrada en virtud de
esta modificación, sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de
generación del incremento de valor, a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto
refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con la siguiente redacción del artículo 5.4 Base Imponible.
Dicha modificación queda redactada de la siguiente manera:
5.4. Base Imponible.
4. Determinado el valor del terreno, se aplicará sobre el mismo el coeficiente que corresponda
al periodo de generación.
CVE:
BOP-2024-2439
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de mayo de 2024
N.º 0086
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