Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2024-2380)
BOP-2024-2380 EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas para garantizar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
19 páginas totales
Página
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Miajadas
ANUNCIO. EXTRACTO. Bases reguladoras que regirán las ayudas para
garantizar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales.
BDNS (Identif): 757094.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:ç
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757094
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS PARA
GARANTIZAR A LOS/AS CIUDADANOS/AS DEL TÉRMINO MUNICIPAL, EL DERECHO AL
ACCESO DE SUMINISTROS MINIMOS VITALES PARA EL AÑO 2024.
I. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión directa de ayudas económicas para
suministros mínimos vitales, conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 3/2019, de 22 de
enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura (LGAMEX en lo sucesivo) y la
distribución del crédito del mismo aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura de fecha 2 de febrero de 2024, por el que se aprueba el Programa de
Colaboración Económica Municipal para suministros mínimos vitales para el 2024, ascendido el
importe total de la convocatoria a 48.200,00 euros, financiada con cargo a la aplicación
presupuestaria 231.481.03.Serán gestionadas por el Servicio Social de Atención Social Básica
del Ayuntamiento de Miajadas.
II. REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIOS/AS DE LAS AYUDAS.
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las unidades de
convivencia, independientemente de que exista o no entre sus miembros relación de
parentesco, que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula quinta de la Resolución de
15 de febrero de 2024, por la que se aprueba el Programa de Colaboración Económica
CVE:
BOP-2024-2380
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de mayo de 2024
N.º 0084
Pág. 10244