Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2024-2374)
BOP-2024-2374 Aprobación definitiva Ordenanzas.
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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA ENTRADA DE VEHÍCULOS Y
VADO PERMANENTE.
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133,2 y 142 de la Constitución Española,
el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, (BOE n.º 80, de 3 de abril), Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20, en relación con
los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (BOE n.º 59, de 9 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Madrigalejo establece la Tasa por la
ocupación o reserva de la vía pública mediante entrada de vehículos y vado, que se regirá por
la presente ordenanza.
Artículo 2. Hecho imponible y obligados al pago.
Constituye el hecho imponible de la presente ordenanza, el aprovechamiento de la limitación
de la vía pública mediante la utilización de un vado en una entrada de vehículos.
Estarán obligadas al pago, como contribuyente principal, las personas físicas o jurídicas a cuyo
favor se otorguen las licencias, siendo sustitutos quienes se beneficien del aprovechamiento.
Artículo 3. Cuantía.
Será la fijada en la siguiente tarifa: Vado por reserva de aparcamiento: Tarifa única, por vado y
año: 20,00 €.
Artículo 4. Normas de gestión.
Una vez autorizada a instancia de parte o en vigor la autorización, se entenderá prorrogada por
periodos anuales que se aprobarán mediante los correspondientes padrones, en tanto no se
solicite la baja expresamente y por escrito por parte del sujeto pasivo. La presentación de la
baja surtirá efecto a partir del día primero del ejercicio fiscal siguiente, salvo que el respectivo
padrón no estuviera definitivamente aprobado.
Artículo 5. Obligación de pago.
Nacerá:
1. Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos de la vía pública, en el momento
de solicitar la correspondiente licencia.
CVE:
BOP-2024-2374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de mayo de 2024
N.º 0084
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