Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigalejo. (BOP-2024-2374)
BOP-2024-2374 Aprobación definitiva Ordenanzas.
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Artículo 11. Gastos ajenos al uso de los locales.
Cualquier gasto añadido a la cesión del local, edificio o instalación municipal, y que se
relacione con el tipo de actividad correrán a cargo del solicitante, en concreto:
- Megafonía, publicidad, proyecciones, pago a conferenciantes, adornos y otros análogos.
- Cualquier otro gasto añadido, cuando se trate de celebraciones privadas.
- Gastos por la limpieza no ordinaria de los locales municipales, instalaciones o edificios.
TÍTULO III
RESPONSABILIDADES, INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 12. Responsabilidades.
Los/as usuarios/as de los bienes responderán de los daños y perjuicios que por su dolo o
negligencia se ocasiones en los mismos. Si fueren varios/as los/as usuarios/as, todos/as
ellos/as responderán conjunta y solidariamente del pago de los precios públicos, tasas, de la
indemnización de los daños y perjuicios que se ocasionen y de las sanciones que, en su caso,
se pudieran imponer.
Artículo 13. Infracciones en el uso de locales.
Se consideran infracciones las siguientes:
- Ocupar edificios y locales municipales sin permiso del Ayuntamiento.
- Realizar actividades no autorizadas por el permiso de uso.
- No realizar las labores de limpieza diaria del local o dependencia ocupados con autorización
en la forma establecida en la presente ordenanza.
- Causar daños en los locales, instalaciones, equipos y demás bienes muebles que se
encuentren en los locales utilizados.
- Realizar reproducciones de llaves de acceso a los edificios o locales utilizados sin
autorización de la propiedad.
- No restituir las llaves de acceso a edificios y locales objeto de utilización de forma inmediata a
su desalojo definitivo.
CVE:
BOP-2024-2374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de mayo de 2024
N.º 0084
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