Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casares de las Hurdes. (BOP-2024-2364)
BOP-2024-2364 Ordenanza municipal tenencia de animales.
20 páginas totales
Página
[De conformidad con la Ley 50/1999 los animales pertenecientes a la especie canina,
incluidos dentro de una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de
mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y
daños a las cosas]
ARTÍCULO 7. La Licencia Municipal
La tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos
al amparo de las normas autonómicas o estatales vigentes en la materia, requerirá la
previa obtención de una Licencia Administrativa.
La obtención de una Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente
Peligrosos devengará una tasa municipal. La cuantía quedará fijada en su
correspondiente Ordenanza fiscal.
ARTÍCULO 8. Órgano Competente para Otorgar la Licencia
La Licencia, según lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 50/1999, de 23 de
diciembre, será otorgada por el Ayuntamiento del Municipio de residencia del solicitante,
o con previa constancia en este Ayuntamiento, por el Ayuntamiento en el que se realiza
la actividad de comercio o adiestramiento.
De esta forma, el Alcalde-Presidente de la Corporación será el competente para
poder otorgar las Licencias para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, de
acuerdo con el tenor del artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local.
ARTÍCULO 9. Requisitos para la solicitud de la Licencia
Para obtener la Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
Ayuntamiento de Casares de las Hurdes
Plaza Lindón, 10, Casares de las Hurdes. 10628 (Cáceres). Tfno. 927676162. Fax: 927676146
Cód.
Validación:
73SENF2H57QYXEZATXADD9J2Q
Verificación:
https://casaresdelashurdes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
10
de
19
CVE:
BOP-2024-2364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de mayo de 2024
N.º 0084
Pág. 10167